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Consolato Generaled’Italia

Buenos Aires

REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE LA CIUDADANIA ITALIANA

Puede pedir el reconocimiento de la ciudadania quien es descendiente en línea recta de un ciudadano italiano.

La mujer transmite la ciudadanía a partir del 01.01.1948, por lo tanto quien nació antes de esa fecha, puede recibir la ciudadanía solo del padre.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

Del Italiano

• Partida de Nacimiento con Maternidad y Paternidad, con sello de la Comuna, sello y firma del funcionario. En caso de ser un acta parroquial, deberá estar legalizada por la Curia

• Certificado de la Cámara Nacional Electoral (Sin Traducción) Dicho certificado indica si el ciudadano se naturalizó argentino o no. Si no figura la fecha de naturalizacion, se deberá presentar la Sentencia de Naturalización.

• Partida de Matrimonio

• Partida de Defunción

De cada uno de los Descendientes

• Partida de Nacimiento

• Partida de Matrimonio

• Partida de Defunción (de la generación que corresponda)

• Fotocopia del DNI (obligatoriamente en caso de no corresponder la defunción)

Del solicitante

• Partida de Nacimiento

• Partida de Matrimonio

• Partida de nacimiento de hijos menores de 18 años

• Fotocopia del DNI del núcleo familiar

IMPORTANTE:

- toda la documentación deberá ser presentada en original y traducida al italiano. Se aceptan las partidas expedidas por el registro civil argentino en formato digital.

- en caso de presentar partidas expedidas con anterioridad al 01.07.1990, deberán legalizarse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto con el “Apostille” de la Haya, luego traducidas.

- en caso de presentar actas emitidas por parroquias argentinas, deberán legalizarse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto con el “Apostille” de la Haya, luego traducidas.

- Solicitud de Partidas a la Comuna Italiana: Existen modelos de solicitud en nuestra oficinas o en la página web consbuenosaires.esteri.it, sección Modulística.

- Las partidas emitidas por otros países deberán presentarse apostilladas y traducidas al italiano en el país de origen. La traducción deberá ser legalizada por el consulado italiano de ese país.

RESOLUCIONES JUDICIALES

DIVORCIO VINCULAR

- Sentencia Completa Original con AUTOS – VISTOS – CONSIDERANDO – FALLO certificada por el Juzgado competente.

- De existir sentencia de separación legal según el Art. 67/bis, presentar inclusive la misma.

- Deberá constar en forma expresa que la misma se encuentra FIRME o CONSENTIDA o EJECUTORIADA o que reviste en carácter de COSA JUZGADA.

- En presencia de hijos menores, se debe especificar la tenencia de los mismos.

- Legalizar la sentencia en la Cámara Nacional de Apelaciones del Departamento Judicial correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores con el “Apostille” de la Haya. Luego traducir al italiano

ADOPCIÓN

- Sentencia Completa Original con AUTOS- VISTOS – CONSIDERANDO – FALLO certificada por el Juzgado competente y acompañada de la partida de nacimiento original con el nombre de los padres biológicos y adoptivos.

- La sentencia deberá especificar el ESTADO DE ABANDONO del menor o la AUTORIZACIÓN del o de los padres a la adopción.

- Deberá constar que la misma se encuentra FIRME o CONSENTIDA o EJECUTORIADA o que reviste en carácter de COSA JUZGADA.

- Legalizar la sentencia en la Cámara Nacional de Apelaciones del Departamento Judicial correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores con el “Apostille” de la Haya. Luego traducir al italiano

ADVERTENCIA:

La simple presentacion de la documentación y el pago del arancel consular no implica el derecho al reconocimiento de la Ciudadanía Italiana. El Consulado General se reserva el derecho de solicitar documentación adicional.

INFORMACION UTIL

Consulado General de Italia

Reconquista 572 - Buenos Aires consbuenosaires.esteri.it

Tel.: (001) 4114 – 4800 Fax: (001) 4114 – 4799 / 4703

Registro Civil de Buenos Aires

Uruguay 759 – .ar

Camara Nacional Electoral Argentina

25 de Mayo de 245 – .ar

Colegio de Traductores Publicos

Corrientes 1834 – .ar

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación Argentina

Arenales 821 – .ar

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