EJEMPLO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SUJETOS AL ...

EJEMPLO DE CONTRATO DE PRESTACI?N DE SERVICIOS SUJETOS AL PAGO DE HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CENTRO MORELENSE DE LAS ARTES DEL ESTADO DE MORELOS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR (NOMBRE DEL/LA TITULAR DEL ORGANISMO), EN SU CAR?CTER DE RECTOR DEL MISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINAR? "EL CENTRO", Y POR LA OTRA PARTE (NOMBRE DE LA PERSONA CONTRATADA), POR SU PROPIO DERECHO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINAR? "EL PRESTADOR"; MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CL?USULAS:

DECLARACIONES

1. DECLARA "EL CENTRO" A TRAV?S DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1. Es un Organismo P?blico Descentralizado del Gobierno del Estado de Morelos, dotado de derechos y obligaciones, con personalidad jur?dica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretar?a de Cultura del Estado de Morelos, conforme a los art?culos 2, 5, 46, 47, 55, 56, 58, 60, 61, 66 de la Ley Org?nica de la Administraci?n P?blica del Estado de Morelos y Acuerdo de Sectorizaci?n de diversas Entidades Paraestatales de la Administraci?n P?blica Paraestatal del Estado de Morelos publicado en Peri?dico Oficial "Tierra y Libertad", n?mero 5048 de fecha 05 de diciembre de 2012; cuya creaci?n fue aprobada mediante la Ley que crea a "EL CENTRO", Documental que se adjunta al presente contrato como anexo "A"

I.2. En su car?cter de Rector de "EL CENTRO", cuenta con la suma de facultades suficientes para celebrar el presente contrato, en t?rminos de lo dispuesto por los art?culos 1, 12, fracciones VIII y XVIII de la Ley que Crea a "EL CENTRO", Art?culo 20 fracci?n III del Estatuto Org?nico de "EL CENTRO" y 66 de la Ley Org?nica de la Administraci?n P?blica del Estado de Morelos, cargo que acredita con la copia de su nombramiento, documental que se adjunta al contrato como anexo "B"

I.3.- "EL CENTRO" tiene como principal objetivo el de transmitir y desarrollar conocimientos en el ?mbito de la educaci?n art?stica, la formaci?n de profesionales en las disciplinas de teatro, danza, m?sica, artes pl?sticas, visuales y la difusi?n del arte hacia la ciudadan?a, a trav?s de la impartici?n de cursos, talleres, diplomados y licenciaturas.

1.4.- Que requiere contratar los servicios bajo el r?gimen de honorarios asimilables a salarios de "EL PRESTADOR", consistentes en lo establecido en la cl?usula primera del presente contrato.

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1.5.- Al momento de la celebraci?n del presente contrato se encuentra al corriente en el pago de todas sus obligaciones fiscales, y que su Registro Federal de Contribuyentes es (RFC DEL ORGANISMO).

1.6.- Que cuenta con la disponibilidad presupuestal para el pago de los servicios, motivo del presente contrato.

2. DECLARA "EL PRESTADOR"

2.1.- Llamarse (NOMBRE DE LA PERSONA CONTRATADA) de nacionalidad (NACIONALIDAD), mayor de edad, dedicado a la actividad de (ACTIVIDAD), entre otras modalidades e identificarse con Credencial para votar, expedido por el (la) Instituto Federal Electoral, folio (NO. DE FOLIO), en la cual consta su fotograf?a, huella digital y firma. Documental que en copia fotost?tica se agrega al presente contrato como anexo "C".

2.2.- Tener capacidad jur?dica para contratar y obligarse en los t?rminos del presente instrumento y contar con los conocimientos necesarios y disponer de la organizaci?n, experiencia, profesionalismo y dem?s recursos t?cnicos y econ?micos para obligarse a la ejecuci?n de los servicios objeto del presente contrato, para prestar los servicios solicitados por "EL CENTRO", lo cual acredita con copia simple de su Curriculumm Vitae y Constancias . Documental que se agrega al presente como anexo "D".

As? mismo que las actividades contempladas en el presente instrumento legal son compatibles con el resto de las actividades que en la actualidad desempe?a, consistentes en: (ACTIVIDAD)

2.3.- Tener establecido su domicilio fiscal, el sito en (DOMICILIO PARTICULAR), mismo que se?ala para todos los fines y efectos legales de este contrato, con Registro Federal de Contribuyentes (RFC PERSONA CONTRATADA) y CURP: (CURP DE LA PERSONA CONTRATADA). Documental que se adjunta en copia fotost?tica al contrato como anexo "E".

2.4.- Al momento de la celebraci?n del presente contrato se encuentra al corriente en el pago de todas sus obligaciones fiscales, conforme a lo establecido por el art?culo 27 del C?digo Fiscal de la Federaci?n y dem?s normatividad aplicable en materia fiscal.

2.5- Que est? dispuesto en poner todos sus conocimientos, experiencia, capacidad t?cnica y tiempo que sea necesario para ofrecer a "EL CENTRO", bajo el r?gimen de honorarios asimilables a salarios, sus servicios profesionales consistentes en lo establecido en la cl?usula primera del presente instrumento jur?dico.

3.- AMBAS PARTES DECLARAN QUE:

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3.1.- Se reconocen mutuamente la personalidad con la que se ostentan, por lo tanto desde este momento se obligan a no objetarla ni revocarla en lo futuro por ninguna causa, y por consiguiente no podr?n alegar posteriormente la nulidad de los actos aqu? establecidos, por dicho concepto y expresan su voluntad para la celebraci?n del presente contrato, reconociendo y aceptando que el mismo se rige por lo dispuesto por los art?culos 1265, fracci?n I, 1669, 1671, 1692, 1700, 2052, 2056, 2060, 2061 y dem?s relativos y aplicables del C?digo Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos en vigor.

3.2.- Haber negociado libremente los t?rminos de este documento, que no existe ninguna limitante a su intenci?n o voluntad y consecuentemente se encuentran con capacidad y aptitud legal para celebrar el presente contrato.

3.3.- Manifiestan las partes que est?n de acuerdo con las declaraciones anteriores, y siendo su deseo obligarse rec?procamente, ambas partes acuerdan sujetarse al tenor de las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- Manifiestan las partes que el OBJETO del presente contrato consiste en que "EL PRESTADOR" se obliga civilmente a prestar a "EL CENTRO" sus servicios sujetos a jornadas pedagog?as y planeaci?n de semestres, correspondiente al pago de honorarios asimilables a salarios, consistentes en: (ACTIVIDADES EN EL CENTRO)

SEGUNDA.-"EL PRESTADOR" se obliga a desarrollar los servicios que se establecen en la cl?usula anterior a entera satisfacci?n de "EL CENTRO".

TERCERA.- El presente contrato tendr? una vigencia improrrogable (VIGENCIA). Convini?ndose que el presente contrato termina a la fecha de su vencimiento, sin necesidad de darse aviso por las partes. El lugar de la prestaci?n de los servicios se realizar? en las instalaciones (aulas) que ocupa el "CENTRO", con domicilio ubicado EN (DOMICILIO DEL CENTRO), as? como en cualquier otro lugar de la Ciudad de Cuernavaca, en el Estado de Morelos o Entidad Federativa, en donde el "CENTRO" proporcione o desempe?e actividades relacionadas con su objeto o bien conforme a los requerimientos espec?ficos del ?rea (s) de estudio.

CUARTA.- A efecto de dar cumplimiento al objeto del presente contrato "EL CENTRO" contrata los servicios de "EL PRESTADOR", un total de (CANTIDAD DE HORAS Y NIVEL) las cuales deber? realizar dentro del periodo se?alado en la cl?usula anterior.

Las partes acuerdan que atendiendo a las necesidades y requerimientos del ?rea (s) de estudio, las horas podr?n ser clasificadas de acuerdo a las necesidades del tipo de actividad prevista en los planes de estudios, siendo de la forma siguiente: investigaci?n, actividades acad?micas o impartici?n de clases, de acuerdo a lo que "EL PRESTADOR" requiera para realizar el objeto del presente instrumento legal.

As? mismo, acuerdan que atendiendo a las necesidades y requerimientos del ?rea (s) de estudio, podr?n incrementar o reducir las horas originalmente contratadas, sin necesidad

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de firmar un nuevo contrato, por lo que s?lo bastar? la firma del adendum correspondiente firmado por ambas partes.

QUINTA.-Las partes convienen que "EL CENTRO" deber? pagar a "EL PRESTADOR" como contraprestaci?n por los servicios prestados en los t?rminos de este contrato la cantidad por hora impartida de la forma siguiente: (CANTIDAD A PAGAR POR HORA)

El costo por hora antes mencionado, ser? menos el impuesto correspondiente. Importe que ser? fijo sin ninguna variaci?n durante la vigencia del contrato y que se realizar? de acuerdo al tipo de proyecto que se encuentre realizando.

El pago se realizar? a "EL PRESTADOR" los d?as 15 (quince) y 30 (treinta) de cada mes, una vez que la Secretar?a Acad?mica valide la prestaci?n del servicio, previa firma del recibo de honorarios asimilables a salarios del pago anterior a la que se realiza el pago de acuerdo al n?mero de horas de clases impartidas o dedicadas a la investigaci?n o actividades acad?micas por "EL PRESTADOR".

"EL PRESTADOR"acepta y conviene que en caso de no firmar los recibos al momento que "EL CENTRO" lo requiera, retenga los pagos hasta en tanto cumpla con dicha entrega sin perjuicio de responsabilidad de "EL CENTRO".

SEXTA.- Las partes acuerdan que por tratarse el presente, de un contrato civil de prestaci?n de servicios sujeto al pago de honorarios asimilables a salarios, y al no existir en consecuencia una relaci?n de tipo laboral entre ambas, "EL CENTRO" no cubrir? a "EL PRESTADOR" el pago por concepto de materiales, insumos, hospedaje, organizaci?n, direcci?n t?cnica y administrativa, prestaciones sociales, laborales, fiscales, financieras y todos los dem?s gastos que se originen como consecuencia del cumplimiento del presente instrumento, por lo que "EL PRESTADOR" no podr? exigir mayor retribuci?n que la cantidad total convenida por la prestaci?n del servicio se?alada en la cl?usula quinta.

S?PTIMA.- "EL CENTRO" pagar? a "EL PRESTADOR" la cantidad se?alada en la cl?usula quinta una vez que cuente con la certificaci?n en la que se determine las horas que prest? su servicio, proporcionada por el titular de la Secretar?a Acad?mica, la cual deber? ser enviada a la Secretar?a Administrativa con tres (3) d?as h?biles de anticipaci?n a la fecha de pago en que el servicio se ha prestado conforme a lo estipulado en el presente instrumento, documento sin el cual no ser? procedente el pago antes se?alado.

OCTAVA.- Queda expresamente convenido que cuando "EL PRESTADOR" utilice como ayudantes a personal auxiliar en el ejercicio de sus actividades, atendiendo al trabajo quese le encomienda, dicho personal depender? exclusivamente de ?l, siendo por tanto a cargo del mismo todas las responsabilidades jur?dicas provenientes de la utilizaci?n de los servicios del personal que le auxilie y que no sea puesto a su disposici?n por "EL CENTRO".

"EL PRESTADOR"es y ser? en todo momento, el ?nico patr?n de aquel personal que se asigne para cumplir con los Servicios, por lo tanto, es responsable de todos los derechos y obligaciones emanadas de la relaci?n laboral de su personal, en el entendido que en ning?n caso "EL CENTRO" podr? ser considerada como patr?n sustituto, en t?rminos del art?culo 13 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que asume toda responsabilidad jur?dica que resulte de las personas que utilice con motivo de la ejecuci?n de los trabajos a realizarse, oblig?ndose a sacar en paz y a salvo a "EL CENTRO" de toda controversia y/o litigio que surja, y a reembolsar cualquier cantidad que ?sta llegare a erogar por tal motivo.

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NOVENA.- Convienen ambas partes que en caso de imposibilidad en el cumplimiento del presente instrumento por parte de "EL PRESTADOR" ?ste deber? dar aviso a "EL CENTRO" con 15 d?as h?biles de anticipaci?n.

D?CIMA.- Ser?n causas de rescisi?n en forma inmediata sin necesidad de declaraci?n judicial las siguientes:

A).- Cuando "EL PRESTADOR" utilice una mala conducta o un lenguaje que ofenda la moral y el decoro al dirigirse al personal o a los alumnos de "EL CENTRO". B).- Cuando "EL PRESTADOR" ejecute cualquier acci?n que ponga en peligro el modelo educativo que rige a "EL CENTRO". C).- Cuando "EL PRESTADOR" presente documentos ap?crifos para efectos de su contrataci?n o no acredite el grado de estudio con que se ostenta. D).- Si "EL PRESTADOR", no inicia los servicios objeto de este contrato, en la fecha se?alada; E).- Si "EL PRESTADOR", no ejecuta los servicios de conformidad con lo establecido en el presente contrato. F).- Cuando "EL PRESTADOR", no da cumplimiento a los programas o planes inherentes a la prestaci?n de los servicios, ya que el atraso puede dificultar la terminaci?n satisfactoria de los mismos; G).- Si "EL PRESTADOR", reiteradamente; deja de proporcionar los servicios motivo de contrataci?n conforme a lo estipulado; H).- En el caso de que "EL CENTRO" no cumpla con los montos y condiciones de pago, siempre y cuando "EL PRESTADOR" hubiera cumplido en tiempo y forma con las especificadas se?aladas en la cl?usula cuarta del presente contrato. I).-Cuando exista por parte de "EL PRESTADOR" impericia o negligencia para prestar los servicios que se obliga a realizar en el presente instrumento; y J).- En general, por incumplimiento de las Partes a cualquiera de las obligaciones derivadas de este contrato, y dem?s normatividad aplicable

D?CIMA PRIMERA.- "EL CENTRO" podr? dar por terminado el presente contrato cuando concurran razones de inter?s general. En este caso "EL CENTRO" dar? notificaci?n por escrito a "EL PRESTADOR" con quince (15) d?as antes de la terminaci?n o de forma inmediata seg?n el caso, comunic?ndole las razones que dieron origen a dicha terminaci?n y pagar? ?nicamente a solicitud de "EL PRESTADOR" los servicios realizados a la fecha, as? como los gastos no recuperables, siempre que ?stos sean razonables, est?n debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objeto del presente contrato, previo estudio que haga "EL CENTRO" de la justificaci?n de tales gastos, seg?n el acuerdo por escrito que para tal efecto se celebre entre las partes dentro de los quince (15) d?as naturales siguientes a la fecha de recepci?n de dicha solicitud.

En el supuesto que se indica en esta cl?usula, se deber? realizar el pago correspondiente dentro de los quince (15) d?as naturales siguientes a la fecha en que se reciba la notificaci?n de terminaci?n anticipada procedente; para lo cual el "CENTRO" pagar? al "PROFESIONISTA", ?nicamente la parte correspondiente a los servicios prestados, siempre que estos hubieran sido realizados de conformidad con lo estipulado en este contrato.

D?CIMA SEGUNDA.- "EL PRESTADOR" no podr? en ning?n momento ceder o subrogar los derechos y obligaciones derivados del presente instrumento a terceras personas f?sicas o morales, de hacerlo ser? considerado causa de rescisi?n.

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