BASES DE COTIZACION



BASES DE COTIZACION.

SECCIÓN “I”

INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES

DEFINICIONES

Para efectos de esta Cotización los términos que se consignan en el segmento se interpretaran como allí se indica y solo así:

Autoridad: REPRESENTANTE LEGAL Y PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD (Art. 9 LEY)

Institución: Municipalidad de Jocotán

Bases: Apartado de estos DOCUMENTOS en donde se desglosa la información del PROCESO que la EMPRESA ofertante deben de conocer para poder ofertar (Art. 18 y 19 de LEY)

Documentos: Documentos de cotización que proveen la información necesaria para que el OFERENTE pueda presentar su OFERTA. Incluyen lo siguiente: BASES, ESPECIFICACIONES GENERALES Y TECNICAS, DISPOSICIONES ESPECIALES. Y anexos (Art. 18 de LEY). Las cuales quedaran APROBADAS por la Autoridad Administrativa Superior.

Especificaciones

Generales y Técnicas Apartado de estos DOCUMENTOS en donde se desglosa las características inherentes del OBJETO de este PROCESO.

Disposiciones

Especiales. Apartado de estos DOCUMENTOS en donde se desglosan instrucciones particulares para este PROCESO que deben ser respetados por las EMPRESAS oferentes.

Invitación a Cotizar: Solicitud girada por la Asociación para que se coticen en los servicios a ser adquiridos.

Oferta (s): Propuesta presentada por cada EMPRESA oferente para ejecutar el OBJETO. Esta propuesta debe incluir los aspectos técnicos, financieros y legales, de acuerdo con lo solicitado en estos DOCUMENTOS.

Oferente o Empresa: Persona (s) individual (es) o Jurídica (s), que este (n) en condiciones de ejecutar el OBJETO de este PROCESO, y que esta (n) legalmente establecida (s) para el efecto.

Guatecompras: Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones, su dirección en Internet es guatecompras.gob.gt.

Junta de Cotización: Integrada por tres miembros, nombrada por la AUTORIDAD a la que le compete recibir, analizar y calificar las ofertas y adjudicar la ejecución del Objeto. (Art. 10,12 al 16 LEY / Art. 4 del Reglamento.)

LEY: Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Número 57-92 del Congreso de la Republica de Guatemala y sus reformas.

Adjudicatario: Persona individual o jurídica a quien la junta de Cotización otorga concurso.

Contrato: Documento suscrito entre la Municipalidad de Jocotán y el adjudicatario para el suministro del servicio, del cual forman parte todos los documentos que puedan derivarse de este proceso.

OBJETO

• Organizar y beneficiar a 100 productores y productoras de la Aldea Pelillo Negro del municipio de Jocotán.

• Adquisición de 100 bombas de mochila de 16 litros de capacidad de marca reconocida.

El proyecto consiste en la DOTACION Y EQUIPAMIENTO PARA PEQUEÑOS AGRICULTORES DE LA ALDEA PELILLO NEGRO, MUNICIPIO DE JOCOTÁN. Ubicado en la Aldea Pelillo Negro, Municipio de Jocotán, Departamento de Chiquimula. Consistente en Organizar, capacitar y beneficiar a 100 productores de la Aldea Pelillo Negro con Bombas de fumigar tipo mochila con capacidad de 16 litros. Desarrollando cinco evento de capacitación relacionado al uso correcto de la bomba de fumigar de mochila. Todo esto de acuerdo a las características estipuladas en las ESPECIFICACIONES TECNICAS, y tomando en cuenta las DISPOSICIONES ESPECIALES para este PROCESO. La Municipalidad no asume responsabilidad alguna por las obligaciones que surjan de este PROCESO que no haya sido adecuadamente medidas, cuantificadas y costeadas por la EMPRESA oferente.

CONVOCATORIA A OFERTAR Y ENTREGA DE DOCUMENTOS

La convocatoria a ofertar se ha efectuado por medio del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones de Estado, denominado GUATECOMPRAS.

ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS

Las EMPRESAS deben solicitar las aclaraciones que estimen convenientes a través del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS. La MUNICIPALIDAD aclarará a todas las EMPRESAS por la misma vía y por escrito de la siguiente forma:

• Por medio de un documento denominado “Notas Aclaratorias”, cuando sean solamente aclaraciones de lo descrito en los documentos.

• Por medio de un documento denominado “Adendu” (que pasara a ser parte de los Documentos), cuando sean modificaciones de los descrito en los Documentos.

Adicionalmente, los documentos anteriores se publicarán en GUATECOMPRAS, y la Municipalidad podrá en cualquier momento, pero antes de la fecha de la recepción de ofertas y aperturas de plicas, emitir las modificaciones a los DOCUMENTOS que considere necesario. (Art. 19 bis de LEY)

PREPARACIÓN O ELABORACIÓN DE LA OFERTA.

Las EMPRESAS deben realizar su OFERTA de acuerdo a lo establecido en estos DOCUMENTOS. En caso de discrepancia en el contenido de estos DOCUMENTOS, la prevalecía de los mismos será en el siguiente orden: DISPOSICIONES ESPECIALES, ESPECIFICACIONES GENERALES Y TÉCNICAS, y BASES (Art. 5 REGLAMENTO).

La OFERTA debe ser presentada de la siguiente forma:

a) En sobre cerrado, rotulado con la información de la empresa (nombre, razón social, número de identificación tributaria, dirección, teléfonos y otros medios de comunicación), la identificación del PROCESO (código y OBJETO) y la palabra “Original” (anexo 3).

b) En idioma español.

c) La información económica debe ser expresada en Quetzales, en números y en letras.

d) Legible, con un índice del contenido, y con los documentos ordenados en el orden que se lista en el numeral 5.1 “Documentos a presentar dentro de la oferta”.

e) No debe contener enmiendas, correcciones o borrones.

Las EMPRESAS oferentes deben tomar en cuenta que los gastos en que incurra para la preparación y presentación de su OFERTA, serán a su exclusiva cuenta y riesgo, razón por la cual no se reconocerá suma alguna, ni se efectuarán reembolsos de ninguna naturaleza.

Las empresas invitadas deberán examinar la totalidad de la documentación, las condiciones y las especificaciones que rigen para esta Cotización. Solo se aceptará una oferta por persona individual o jurídica, caso contrario el oferente será descalificado.

5.1 DOCUMENTOS A PRESENTAR DENTRO DE LA OFERTA:

DOCUMENTACION FUNDAMENTAL. (Articulo 09 del reglamento.)

1. La oferta de acuerdo con el Modelo de Oferta que se presenta en el anexo No. 1 “Modelo de la Oferta”, la cual irá debidamente firmada y sellada por el representante legal de la empresa.

2. Declaración jurada firmada por el representante legal en donde se indique que la empresa a la cual representa no está comprendida dentro de las prohibiciones enumeradas en el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado y de no ser deudores morosos del Estado, conforme el numeral 10 del artículo 19 de dicha ley.

3. Acta notarial donde conste quien es el representante legal o propietario de la empresa.

4. Fianza de sostenimiento de oferta por el 1% del valor de la oferta, que deberá de estar vigente hasta que sea sustituida por la fianza de cumplimiento, en el caso del adjudicatario. En cualquier caso, la fianza de sostenimiento de oferta tendrá una vigencia de 120 días.

5. Precalificado especifico extendido por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, para esta Cotización.

6. Precalificado General (Vigente 2010) extendida por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda. En caso no haya sido autorizada la resolución del Precalificado 2,010. Debiendo adjuntar fotocopia de recibido del tramite de Precalificado General 2010.

7. Cronograma de Ejecución e Inversión, donde se indique el Plazo en que se compromete a ejecutar los servicios objeto de la presente Cotización, debiendo estar firmada y sellada por el representante legal de la empresa.

8. Cuadros de la integración de los precios de las cantidades de trabajo en base a los modelos que se indican en las presentes bases de Cotización, debiendo presentarse firmada y sellada por el representante legal de la empresa.

9. Cuadro de integración del Precio Global (Resumen) conforme las cantidades de Trabajo que se indican en las presentes bases de Cotización, debiendo presentarse firmada y sellada por el representante legal de la empresa.

10. Documentos que acrediten la Personalidad Jurídica del Oferente y la Personería jurídica de su representante en su caso.

a. Si la EMPRESA oferente es una persona individual (Documentos Autenticados)

- Patente de Comercio de Empresa, que indica el giro comercial afín al OBJETO.

- Cédula de Vecindad del propietario (completa) o DPI

- Numero de Identificación Tributaria. (NIT).

b. Si la EMPRESA oferente es una sociedad (Documentos Autenticados)

- Escritura de Constitución de la Sociedad y sus modificaciones.

- Acta de nombramiento del Representante Legal inscrito en el Registro Mercantil.

- Cédula de Vecindad del Representante Legal (completa).

- Patente de Comercio de Sociedad.

- Patente de Comercio de Empresa, que indica el giro comercial afín al OBJETO.

11. Fotocopia de la última declaración del Impuesto sobre el Valor Agregado y el Impuesto Sobre la Renta.

12. Constancia de inscripción en el registro de Guatecompras, de estar habilitado como proveedor.

13. Currículum de la empresa.

14. Fotocopia de constancia de colegiado activo del Director de Obras de la empresa.

15. Constancia de visita al lugar donde se realizará el proyecto, debiendo estar firmada y sellada por el representante del Consejo Comunitario de Desarrollo del área beneficiada. (Anexo No. 2)

PRESENTACION DE LA OFERTA.

Las OFERTAS se estarán recibiendo por la JUNTA CALIFICADORA, el martes 11 de mayo de 2010, a las 08:00 Hrs., teniendo como límite de espera de treinta minutos, después de la hora señalada. En las instalaciones de la Municipalidad de Jocotán.

Las OFERTAS recibidas no serán devueltas y la presentación de la misma constituirá evidencia de que la EMPRESA oferente estudió los DOCUMENTOS, lo que le ha permitido identificar de manera clara, completa y precisa lo requerido, para poder cuantificar en cantidad y calidad, determinar el precio y presentar su OFERTA.

Las EMPRESAS oferentes deben tomar en cuenta que:

a) No se aceptarán OFERTAS presentadas por fax o enviadas por correo, ni presentadas extemporáneamente. (Art. 24 LEY)

Cada EMPRESA, podrá presentar una única OFERTA. (Art. 25 LEY)

Las ofertas deberán ser entregadas en original, en la dirección indicada, a más tardar en la fecha y hora señaladas, en sobre cerrado y sellado, debidamente identificado (Anexo 3)

Las ofertas que sean presentadas fuera del plazo indicado anteriormente, NO serán recibidas.

ANALISIS DE LAS OFERTAS.

Previo a la evaluación de las OFERTAS, la JUNTA analizará las mismas, pudiendo, sin responsabilidad de su parte, rechazarlas por las causas siguientes:

a) Sí no incluyera cualquiera de los documentos solicitados en el numeral 5.1 de estas Bases.

b) Si no cumple a satisfacción con las especificaciones básicas del OBJETO.

c) Si modifican o tergiversan lo establecido por estos DOCUMENTOS. (Art.9 REGLAMENTO)

d) Si no son legibles o dan lugar a dudas al interpretarlas.

e) Si el precio ofertado no se ajusta a los valores del mercado o no es conveniente a los intereses del Estado. (Art. 30 LEY)

f) Si la EMPRESA oferente tiene antecedentes comprobables de incumplimiento o mala calidad.

g) Si se determinara que hay contubernio o sí al verificar la autenticidad de los documentos presentados y la veracidad de la información contenida en la oferta, se encuentra falsedad. Se entiende por colusión la existencia de acuerdo entre dos o más EMPRESAS oferentes para lograr en forma ilícita la adjudicación. En estos casos, la JUNTA trasladará la (s) oferta (s) a la autoridad superior para que se continué con las acciones correspondientes.

La JUNTA podrá solicitar a las EMPRESAS oferentes, para facilitar el análisis y la evaluación de las OFERTAS, las aclaraciones y muestras que considere pertinentes, aún cuando no estuviere incluido este requisito en estos DOCUMENTOS, siempre que sea económica y físicamente posible. (Art. 27 LEY)

PRECIOS Y MONEDA DE LA OFERTA

Los precios deberán estar expresados en quetzales, en letras y números.

Los precios deben tener incluidos todos los impuestos, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y cualquier otro impuesto local que sea aplicable.

No se aceptarán solicitudes de reajuste de precios después de que la oferta haya sido presentada.

VALIDEZ DE LA OFERTA

El oferente deberá garantizar que su oferta tendrá vigencia desde la fecha de recepción de ofertas hasta la aprobación de la adjudicación mediante contrato, lo cual será garantizado mediante la fianza de sostenimiento de oferta.

PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION DE LAS OFERTAS:

Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a- Primera Fase:

Revisión documental de carácter excluyente, en la cual se comprobará que esté completa la documentación exigida. La falta de alguno de los documentos indicados en el numeral 5.1, "DOCUMENTOS A PRESENTAR EN LA OFERTA", será causa justificada para rechazar la oferta.

b- Segunda Fase:

A las ofertas aceptadas en la primera fase les serán aplicados los criterios de calificación siguiente:

Precio total de la Oferta. 50%

Aspectos Técnicos y calidad 40%

Solvencia económica de la empresa 02%

Plazo de Entrega de los servicios requeridos 08%

ADJUDICACION.

Con las OFERTAS que no hayan sido rechazadas en el “Análisis de las Ofertas” o descalificadas en la “Evaluación de las Ofertas”, numerales 7 y 10 de este DOCUMENTO, la JUNTA, dejando constancia en acta, adjudicará el PROCESO a la EMPRESA oferente cuya OFERTA obtenga de la evaluación la mayor puntuación, siempre y cuando el costo no exceda la asignación presupuestaria autorizada por la Municipalidad.

En el acta también se dejará constancia, si fuera el caso, de lo siguiente:

a) OFERTAS rechazadas al realizar el análisis de las mismas y la razón del rechazo;

b) OFERTAS calificadas y las puntuaciones obtenidas al realizar la evaluación de las mismas, para que en caso de que la EMPRESA adjudicataria no suscribiere el CONTRATO, el PROCESO se continué con la subsiguiente EMPRESA oferente según su puntuación.

La JUNTA notificará su decisión a todas las EMPRESAS oferentes, dentro de los tres (3) días hábiles de haber adjudicado el PROCESO. Adicionalmente, el acta se publicará en GUATECOMPRAS.

Al momento de firmar el contrato, el contratista deberá presentar timbres de ingeniería del uno por millar para adherirlos al mismo.

11.1 SOLICITUD DE LA BITACORA:

Una vez adjudicado el proyecto y elaborado el Contrato respectivo, el ejecutor deberá SOLICITAR la Bitácora de obras autorizada por la Dirección de infraestructura Pública de la Contraloría General de Cuentas, para evitar

sanciones de conformidad al artículo 39, numeral 18, del Decreto 31-2002 del congreso de la República, Ley Orgánica de la Contraloría de Cuentas. El Cual deberá permanecer en el lugar de la obra.

CONFIDENCIALIDAD DE LA ADJUDICACION:

Las ofertas presentadas serán analizadas por la Junta Calificadora. La actuación de la Junta Calificadora será confidencial durante el período de análisis y adjudicación. Todo intento de un oferente de indagar sobre el estado de la calificación o tratar de influir en el resultado será motivo para la descalificación inmediata de su oferta. Los oferentes deberán esperar la notificación de la Municipalidad de Jocotán.

FORMA DE PAGO:

El pago total del proyecto será cancelado de la forma siguiente: A) Un anticipo del 20% sobre el valor total del contrato el cual deberá quedar totalmente amortizado al entregarse la obra b) Pagos parciales conforme el avance físico de la obra hasta un 80%, para los cuales deben estar respaldados por los informes parciales del supervisor de obras de la Municipalidad y la entrega de la respectiva Bitácora conforme al avance físico solicitado de la obra y un último pago del 20% cuando la obra esté completamente finalizada y sea recibida de entera conformidad por la Comisión Receptora y Liquidadora nombrada para el efecto y se haya cumplido con la presentación de las Fianzas correspondientes (Art. 58 y 59 de LEY)

• NOTA: Para otorgar el pago del 20% del anticipo, el constructor deberá presentar un cuadro pormenorizado en donde indicará en que se va a ejecutar el anticipo que se le entregará, este cuadro deberá estas firmado por el representante legal de la empresa y con el visto bueno del Alcalde Municipal.

FACTURACIÓN:

Para el cobro de cada uno de los pagos indicados en el punto 13, el Ejecutor debe de presentar su factura y un informe. El contratista emitirá sus facturas en quetzales, cumpliendo con todos los requisitos de ley.

IMPUESTOS Y OBLIGACIONES.

Los precios de la oferta deberán incluir el pago de todos los impuestos de importación, del Valor Agregado (IVA), del ISR, del IETAAP, impuesto de circulación para el presente año y cualquier otro impuesto aplicable.

PROPIEDAD DE LAS OFERTAS.

Las ofertas que sean presentadas en esta Cotización serán propiedad de la Municipalidad de Jocotán, quien las conservará en su poder.

PLAZO DE ENTREGA.

El contratista indicará en su oferta el plazo en que se compromete a entregar los servicios objeto del contrato, el cual se incluye en el cronograma de Ejecución e Inversión.

GARANTIAS DE CALIDAD.

El contratista presentará certificados de garantía de calidad y funcionamiento que deberán amparar el bien adquirido por la Municipalidad de Jocotán como se indica en la Sección III.

ENTREGA DE LOS TRABAJOS.

a.- Los trabajos a entregar se refieren a lo especificado en la sección VI, objetos de la presente Cotización.

b.- Los trabajos deberán ser entregados en el lugar y de acuerdo a lo que indican las especificaciones técnicas.

c.- En la entrega deberá estar presente el contratista o un representante acreditado por el mismo para garantizar el cumplimiento de todos los requisitos contractuales.

d.- Los trabajos se considerarán recibidos por la comisión receptora cuando ésta levante y firme el acta de recepción, en la que hará constar que el contratista ha cumplido con la entrega a entera satisfacción de la comisión.

SECCION “II”

GARANTIAS

(Art. 64 al 68 de LEY)

21 GARANTIA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA.

La firmeza de su oferta la caucionarán los oferentes mediante fianza, por un porcentaje del UNO POR CIENTO (1%) del valor de su oferta, la póliza deberá ser emitida a favor y a entera satisfacción de la Municipalidad, por una afianzadora de reconocida solvencia financiera autorizada para operar en la República de Guatemala.

Los oferentes estarán obligados a sostener sus ofertas hasta que se les notifique oficialmente la aprobación de la adjudicación, y en todo caso la fianza de sostenimiento de oferta tendrá una vigencia de 120 días. El adjudicatario acepta y se compromete a que una vez vencido el plazo de vigencia de dicha fianza, se prorrogará hasta que sea sustituida por la fianza de cumplimiento de contrato, debiendo presentar inmediatamente la póliza de prórroga respectiva. El calificado en segundo lugar deberá mantenerla vigente hasta que se le notifique oficialmente la aprobación del contrato por la autoridad superior correspondiente. (Art. 64 de LEY)

Al ser aprobada la adjudicación del Proyecto, La Municipalidad de Jocotán, lo hará del conocimiento de los oferentes.

La garantía de sostenimiento de oferta se hará efectiva por cualquiera de las razones siguientes:

a.- Si el adjudicatario no sostiene su oferta.

b.- Si el adjudicatario no concurre a firmar el contrato respectivo dentro del plazo que señala el

Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

c.- Si el adjudicatario, habiendo suscrito el contrato, no presenta la póliza de la fianza de cumplimiento dentro del término que fija el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, como requisito previo a la aprobación del contrato.

En cualquiera de los casos anteriores, la adjudicación que se hubiere hecho quedará sin efecto, debiendo ser llamado a negociar el Oferente calificado en el segundo lugar.

Con base en el informe que rinda el Supervisor, la Municipalidad de Jocotán exigirá por escrito el pago de la fianza, acompañando la información y documentación pertinentes y la afianzadora hará el pago conforme lo establece el artículo 1030 del Código de Comercio. Todo lo anterior se hará constar expresamente en la póliza respectiva

1. FIANZA DE CUMPLIMIENTO.

Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el Contrato, el adjudicatario deberá presentar fianza por un QUINCE POR CIENTO (15%) del monto del contrato respectivo. La fianza de cumplimiento cubrirá los aspectos contemplados en el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en los porcentajes allí señalados. La póliza de dicha fianza deberá ser emitida a favor y a entera satisfacción de la Municipalidad de Jocotán por una Afianzadora de reconocida solvencia financiera, autorizada para operar en la República de Guatemala. (Art. 65 de LEY)

La constitución y presentación de la Fianza de Cumplimiento de Contrato será requisito previo a la aprobación del contrato por la autoridad superior correspondiente. El contrato deberá quedar aprobado dentro del término que fija el Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

La Municipalidad de Jocotán hará efectiva la fianza de Cumplimiento en los siguientes casos:

➢ Si el contratista no presenta los Certificados de Garantía de Funcionamiento y Calidad dentro de los quince (15) días siguientes a la entrega de los servicios contratados.

➢ Si el Contratista no presenta la constancia que extienda la Municipalidad de Jocotán, de haber recibido a su entera satisfacción los servicios objeto del contrato.

➢ Si el contratista deja de cumplir con las obligaciones derivadas de la Ley y del contrato.

Si se produjera el incumplimiento por parte del contratista, la Municipalidad de Jocotán, solicitará por escrito y en forma fundamentada el pago de la fianza a la afianzadora, debiendo esta última hacer el pago conforme el artículo 1030 del código de Comercio (10 días cuando hay afianzamiento directo y 30 días cuando hay (reafianzamiento).

Todo lo anterior se hará constar expresamente en la póliza respectiva.

2. FIANZA POR ANTICIPO

Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipo, el contratista constituirá garantía mediante fianza por el monto de un cien por ciento (100%) del mismo. La garantía podrá reducirse al máximo del saldo deudor y estará vigente hasta su total amortización. El reglamento establecerá el procedimiento de reducción y lo concerniente en los casos de rescisión, resolución y terminación del contrato. (Art. 66 de LEY)

3. FIANZA DE CONSERVACIÓN DE OBRA O DE CALIDAD O DE FUNCIONAMIENTO.

El contratista responderá por la conservación de la obra, mediante fianza, que cubre el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de recepción de la obra. La garantía de conservación de obra, o de calidad y/o funcionamiento, deberá otorgarse por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra o servicio.

El vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto en el párrafo anterior, no exime al contratista de las responsabilidades de destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, por el plazo de cinco (5) años, a partir de la recepción definitiva de la obra o servicio. (Art. 67 de LEY)

4. FIANZA POR SALDOS DEUDORES

Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de la Municipalidad de Jocotán en la liquidación, el contratista deberá presentar fianza, por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato.

Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la conservación de obra como requisito previo para la recepción de obra o servicio. Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía. (Art. 68 de LEY)

SECCION “III”

PROHIBICIONES Y SANCIONES

1. Si el Contratista se atrasare en la entrega del servicio dentro del plazo pactado y por causas imputables a él, pagará una sanción por retraso equivalente al CERO PUNTO CINCO POR MILLAR del monto del contrato por cada día de atraso en que incurriere.

2. Imposición de sanciones pecuniarias. Las sanciones pecuniarias a que se refiere esta ley y su reglamento, serán impuestas por la Contraloría General de Cuentas o por la superintendencia de bancos, según corresponda, cuando se trate de funcionarios o empleados del estado, cuando se trate de particulares, las multas serán impuestas por la autoridad superior que corresponda, de conformidad por la presente ley.

3. Se deberá cumplir todo lo relacionado al Titulo VII, Capitulo Único, Prohibiciones y Sanciones, dentro de los cuales se encuentran los artículos, 80, 81 de la Ley de contrataciones del estado, Decreto No. 20-97.

SECCION “IV”

ESPECIFICACIONES GENERALES

A) ESPECIFICACIONES GENERALES

Las disposiciones de esta sección corresponden a las especificaciones técnicas de Construcción y forman parte de las mismas.

En las presentes especificaciones se denominara CONTRATISTA a la empresa Constructora encargada de la ejecución de la obra física en referencia. La Municipalidad de Jocotán es la contratante de la obra y el SUPERVISOR DE PROYECTOS DE LA MUNICIPALIDAD DE JOCOTÁN, es el profesional encargado de la supervisión de la obra quien dependerá directamente de la municipalidad. El contratista deberá proveer todos los artículos, utensilios, herramientas, equipo, materiales, mano de obra y todos los recursos necesarios para desarrollar los trabajos, debiendo ser ejecutados de acuerdo con la buena práctica profesional y los procedimientos constructivos más adecuados.

Cualquier error u omisión en las presentes especificaciones no eximirá al Contratista de su responsabilidad de ejecutar un trabajo satisfactorio. Si durante la construcción el contratista detecta cualquier error u omisión en los planos o especificaciones, notificara de inmediato por escrito al Supervisor Municipal de Proyectos, quien hará la corrección e interpretación final en cada caso. Para la interpretación de las especificaciones Técnicas deberá tomarse en cuenta los detalles en la misma.

Para someter el contratista su oferta del proyecto, deberá confirmar haber estudiado todos los planos generales, detalles, especificaciones y bases de contratación, haberse compenetrado de todas las condiciones requeridas para la debida ejecución de este trabajo, además de conocer la correcta aplicación de los materiales especificados para cada caso.

Al terminar la obra, el contratista deberá ejecutar operaciones de limpieza, retirando todos los deshechos que resulten de la misma, maquinaria y equipo, previo a la recepción de la obra y bajo la aprobación del Supervisor de proyectos de la Municipalidad de Jocotán.

Al momento de firmar el contrato, el contratista deberá tramitar ante la Contraloría General de Cuentas el libro de bitácoras de la obra, el cual deberá permanecer en el lugar de ejecución del proyecto y deberá estar al día en sus registros.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO “DOTACIÓN Y EQUIPAMIENTO PARA PEQUEÑOS AGRICULTORES DE LA ALDEA PELILLO NEGRO, MUNICIPIO DE JOCOTAN.

• Organizar y beneficiar a 100 productores y productoras de la Aldea Pelillo Negro del municipio de Jocotán.

• Adquisición de 100 bombas de mochila de 16 litros de capacidad de marca reconocida.

ORGANIZACIÓN DE LOS PRODUCTORES:

El objetivo general del proyecto reside en mejorar la producción de maíz, fríjol y maicillo, de los productores y productoras de la comunidad de Pelillo Negro, del municipio de Jocotán; para ello se hace necesario dotar de equipo mínimo agrícola a los pequeños productores y productoras de granos básicos de la comunidad de Pelillo Negro, del municipio de Jocotán y fortalecer las capacidades, habilidades y destrezas de las y los productores beneficiarios de la comunidad.

Para cumplir con el objetivo, se llevarán a cabo una serie de actividades que incluye entre las más importantes:

• Visita de reconocimiento de la comunidad

• Identificación de los beneficiarios y beneficiarias del proyecto

• Registro de los beneficiarios y beneficiarias del proyecto

• Convocatoria a eventos de capacitación

• Desarrollo de cinco eventos de capacitación a los productores y productoras beneficiarias

• Convocatoria para la entrega del equipo

• Entrega del equipo a los productores y productoras

• Registro final de productores y productoras

Con el desarrollo y ejecución de estas actividades se proyecta lograr los resultados esperados, de dotar de equipo mínimo agrícola a 100 productores de la comunidad rural de Pelillo Negro, para mejorar la producción de maíz, fríjol y sorgo, por unidad de superficie.

ADQUISICIÓN DEL EQUIPO:

Para la selección del equipo, que será adquirido para ser entregado a las y los pequeños productores de la comunidad de Pelillo Negro, se buscará aquel que cumpla con algunas especificaciones técnicas, entre las cuales se citan las siguientes:

La bomba a adquirir deberá situarse entre las asperjadoras de tipo mochila, que posea un sistema manual de presión retenida, que permita fumigar con total seguridad y comodidad para el operario de la misma.

La capacidad de la bomba deberá ser de 16 litros de contenido. La presión deberá ser regulable y situarse entre 1,5 y 3 bares. Poseer correas para colgarla a la espalda. Del operario, poseer cámara excéntrica para mayor capacidad y resistencia. Poseer una lanza original propia de la marca y además la respectiva boquilla cónica regulable, con adaptador para herbicida y sus respectivos accesorios.

B) DISPOSICIONES ESPECIALES

DISPOSICIONES FINALES

La Municipalidad de Jocotán se reserva el derecho de verificar la calidad de los materiales utilizados en el proyecto denominado DOTACIÓN Y EQUIPAMIENTO PARA PEQUEÑOS AGRICULTORES DE LA ALDEA PELILLO NEGRO, MUNICIPIO DE JOCOTÁN, si dentro de estas pruebas los materiales no cumplen con los requisitos dados, la Municipalidad de Jocotán, solicitara al contratista que repare dichos elementos o reemplace los materiales, corriendo por cuenta del contratista los trabajos y gastos en los cuales pueda incurrir. Los materiales rechazados deberán ser retirados fuera de la Municipalidad, dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de su retiro, por parte del Supervisor, de no ser retirados en este periodo, la Municipalidad podrá retirarlos, sin responsabilidad de su parte, cargando su costo al Contratista. El Contratista dará todas las facilidades y equipo al Supervisor, para la medición de los Renglones de Trabajo y para verificación de la correcta ejecución de los mismos de acuerdo con las Especificaciones requeridas.

• El contratista se compromete a proporcionar el equipo, herramientas, materiales, trasporte de materiales, traslado al lugar de la obra, retiro de maquinaria, equipo, combustibles, lubricantes, personal capacitado y todo aquello que sea necesario para la realización de la construcción de la obra contratada de acuerdo a Especificaciones y Planos.

• El contratista se compromete a realizar todos los trámites para obtener los permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra, corriendo con los gastos en que incurra por su cuenta. Así mismo, también tramitara la Autorización del Libro de Bitácora de la Obra.

• Las pruebas de los materiales y subrasante, así como la obtención de sus correspondientes certificados, las debe efectuar el Contratista, incluyendo sus costos en el renglón correspondiente.

• Correrán por cuenta del Contratista todos los Impuestos y Fianzas que sen necesarias y/o aplicables.

• Si en caso se dañaran bienes del PROYECTO debido a la actividad de los trabajos contratados, el contratista reparara o restituirá sin ocasionar costo adicional para la Asociación.

• El contratista deberá revisar convenientemente las Especificaciones, Renglones de trabajo ya que cualquier error u omisión en los Renglones de Trabajo que afecten el buen resultado del proyecto deberá ser corregidos por este, sin que esto ocasione costo adicional para la Municipalidad. El Contratista deberá ser de su conocimiento de la Supervisión, la existencia de cualquier error u emisión contenido en los Renglones de trabajo, con siete días de anticipación a la ejecución del renglón, de acuerdo con el Cronograma de obra.

• El contratista proveerá la mano de obra, materiales y equipo necesario para la total y completa realización de los trabajos, cualquier material no mostrado en planos pero que sea necesario para completar los trabajos, deberá instalarlo el contratista sin que esto ocasione costo adicional para la Municipalidad.

• El contratista deberá verificar fehacientemente las condicionas en las BASES en donde indica como se ejecutaran los trabajos antes de presentar su oferta.

• El contratista se compromete a mantener vigente todas las Fianzas prescritas por la Ley sin requerimiento alguno, dando lugar a cobro de las mismas, por parte de la Municipalidad, 30 días después de su vencimiento. Será requisito para la Recepción de la Obra, que las Fianza correspondientes y el seguro de la obra, tenga la vigencia prescrita por la Ley.

• El Contratista esta en la obligación de cargar, trasportar y disponer fuera de las instalaciones de la Municipalidad de Jocotán, todos los desechos, material sobrante y desperdicio y basura que se produzca.

• Terminada la obra el contratista deberá dejar totalmente limpia el área del trabajo, debiendo extraer todo el desperdicio que ocasione la construcción fuera de las instalaciones de la Municipalidad, sin que esto ocasione gastos adicionales para la Municipalidad de Jocotán.

• En el transcurso de la obra cualquier discrepancia, error u omisos en los documentos Técnicos será resuelto en primera instancia por el Supervisor.

• Se hará efectivo el pago, únicamente por las unidades de cada renglón de trabajo contratado, totalmente terminadas. No se realizaran pagos por material comprado o entregado en el lugar de la obra o por traslado de maquinaria y equipo de la misma o por ejecución de trabajos parciales de cualquier renglón.

• Si se decidieran cambios en el transcurso de la ejecución del proyecto, será requisito para la Liquidación de la Obra, que el Contratista realice un Adendum con la Municipalidad de Jocotán.

IMPORTANTE:

1. Cualquier falla, descuido u omisión del oferente en la obtención de información, no le revelara de la responsabilidad de apreciar adecuadamente las dificultades y los costos par ala ejecución satisfactoria de todo el trabajo y el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de esta presentación de oferta.

2. El contratista es el único responsable del trabajo y no dejara de serlo por que el supervisor verifique algunas etapas del trabajo.

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