Servicios Web Farmacia



Certificados Sanitarios 1306 - 1313 Servicios Web de Intercambio de información entre la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios [AEMPS] y Aduanas mediante mensajes XMLDefinición de requisitosAutor:S.G.A.A.Fecha:21/06/2021Versión:2.3RevisionesEdic.Rev.FechaDescripciónA(*)Páginas1011/11/2011Versión inicial. BORRADORATodas2025/05/2013Segundo NIF, Indicador Uso y Mayor longitud Sumaria A2105/05/2015Servicios vía red SARA, DUA en documento precedente, más datos en consulta y servicios imputación/despachoA2209/01/2017Modificación para poder declarar DVD / IDA como documento precedente. A2310/04/2019Nuevo dato Régimen Aduanero y 2? NIF a tratar también en Exportación. A2325/06/2021Nuevos campos Alta certificado:CategoriaProducto, LegislacionIncumplida, TipoControlEfectuado, resultadoControlSifA2315/06/2023Masa Neta y cantidades cambio H1A (*) Acción:A = A?adir;R = Reemplazar?ndice: TOC \o "1-3" \h \z 1.Control de versiones PAGEREF _Toc418495807 \h 32.Introducción PAGEREF _Toc418495808 \h 43.Estándares y requisitos. PAGEREF _Toc418495809 \h 54.Gestión de Autorizaciones de Farmacia PAGEREF _Toc418495810 \h 74.1.Modelo de difusión de la información PAGEREF _Toc418495811 \h 84.2.Requisitos PAGEREF _Toc418495812 \h 104.3.Servicios de intercambio de información desde Farmacia a la AEAT PAGEREF _Toc418495813 \h 104.4.Servicios de intercambio de información desde la AEAT a Farmacia PAGEREF _Toc418495814 \h 114.5.Actualización de Autorizaciones (alta y modificación) PAGEREF _Toc418495815 \h 124.6.Borrado de Autorizaciones PAGEREF _Toc418495816 \h 144.7.Validación de Autorizaciones PAGEREF _Toc418495817 \h 154.8.Consulta de Autorizaciones PAGEREF _Toc418495818 \h 164.9.Imputación de DUA PAGEREF _Toc418495819 \h 174.10.Eliminación de Imputación de DUA PAGEREF _Toc418495820 \h 174.11.Notificación de Despacho PAGEREF _Toc418495821 \h 174.12.Respuestas posibles de la AEAT a las peticiones de servicios PAGEREF _Toc418495822 \h 175.Consideraciones de dise?o PAGEREF _Toc418495823 \h 195.1.Versionado PAGEREF _Toc418495824 \h 195.2.Integridad Transaccional PAGEREF _Toc418495825 \h 195.unicación de incidencias en la transmisión PAGEREF _Toc418495826 \h 205.4.Gestión de las Autorizaciones de Farmacia en la AEAT PAGEREF _Toc418495827 \h 21Control de versionesVersión 1.0. Versión inicial.Versión 2.0. Incorporación de 2 nuevos datos en los certificados. Un segundo NIF de Operador Autorizado y un indicador de uso del certificado.También se amplía el n? de caracteres admitidos en la declaración sumaria, de 35 a 39, para que pueda incorporar recinto. Versión 2.1. Además de por internet, admitir conexión a través de la red SARA, para lo que se a?aden a las definiciones de los servicios los endpoint para la red SARA.Admitir y tratar el dato ‘MRN+partida’ de un DUA en la etiqueta de documento precedente.Nuevos servicios para que Aduanas comunique mediante la “bandeja de entrada” de la AEAT la ‘asignación/des asignación’ de DUAs a certificados y el despacho de los asignados.A?adir datos del Importador/Exportador y país destino de los DUAs en el servicio de consulta, nueva versión del servicio V3.Versión 2.2. Posibilidad de declarar como documento precedente un DVD o IDA.(07/06/2017) Modificación de la Versión 2.2. a) Posibilidad de declarar como documento precedente un EQV, b) El documento aduanero DUA se envía sin n? de partida, vinculándose el certificado a todas las mercancías del DUA coincidentes con las del certificado. Versión 2.3. Farmacia envía en los certificados el nuevo dato “Régimen Aduanero” que se validará contra el Régimen del DUA y puede enviar un 2? NIF en certificados de exportación, (responsable de facturación), a validar contra el DUA de Exportación. Nuevos campos Alta certificado: -CategoriaProducto -CategoriaSubProducto -LegislacionIncumplida -TipoControlEfectuado -resultadoControlSifIntroducciónEn reuniones mantenidas entre la Agencia Tributaria y el Ministerio de Sanidad – Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios [en adelante Farmacia] se planteó por parte de la Agencia Tributaria la necesidad de mejorar el sistema del control de las importaciones de productos que son objeto de control farmacéutico o sanitarioLos datos necesarios a intercambiar entre Farmacia y la A.E.A.T. se detallan más adelante. El procedimiento actual en el Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios es el siguiente:El operador económico, presenta una solicitud de intervención a los servicios de Inspección de Farmacia. Los Inspectores de Farmacia realizan las actuaciones de comprobación necesarias y en los casos en que sea oportuno emiten la correspondiente autorización que luego tienen ser aportada para poder realizar trámites en la Aduana [importación, tránsitos, exportación, vinculación...]. El objetivo final del proyecto, por parte de ADUANAS, es conseguir el control informático, de las siguientes acciones:Detectar la obligación de la presentación de un certificado de Farmacia en las declaraciones de importación y exportación.Recibir información de estos certificados emitidos por Farmacia.Validar automáticamente la existencia de estos certificadosLlevar el control de los saldos de los certificados.Para el desarrollo del proyecto se ha considerado importante definirlo bajo estándares que faciliten su desarrollo y que permitan una alta funcionalidad, para ello se propone utilizar servicios Web que permitirán una difusión de la información prácticamente en tiempo real.Dichos servicios cubrirán el intercambio de información bidireccional entre la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios y la AEAT. El objeto del este documento es describir este intercambio de información.Estándares y requisitos. IntroducciónEl contenido de un mensaje es un fichero XML. Un documento XML debe cumplir las reglas descritas en los diferentes esquemas los cuales proporcionan normas respecto a formatos, obligatoriedad, etc., pero son los intervinientes los que deben encargarse de la coherencia de los datos. Cada esquema está organizado en Grupos de Datos que contienen Elementos de Datos, estos se han agrupado de modo que constituyen bloques lógicos, manteniendo una coherencia con el ámbito de cada esquema.Estándares utilizadosEl uso de servicios Web constituye la base de las buenas prácticas para desplegar servicios que posibiliten la interacción máquina-máquina, es decir, la automatización integral de un proceso en el que interviene varios sistemas de información (el del ciudadano/empresa y el de la Agencia Tributaria). Se pretende utilizar los estándares de facto para el desarrollo de servicios Web.La estructura de los mensajes será descrita sobre la base de la creación de esquemas XML utilizando para ello la recomendación W3C de 28-Octubre de 2004 en y referenciada por el namespace relación a SOAP se utilizará SOAP V1.1 disponible como NOTA W3C de 08-Mayo-2000 en: y referenciado por el namespace SOAP-1.1 existen dos estilos para implementar servicio, modo “rpc” y modo “document”, en línea con las recomendaciones actuales se utilizará siempre el modo “document” (style=”document”) sin ningún tipo de codificación (use = ”literal”). Es decir el mensaje de entrada y salida estará descrito íntegramente por su respectivo esquema XML.Con relación a la descripción de los servicios utilizaremos WSDL 1.1 disponible como NOTA W3C de 14-Marzo-2001 en: y referenciado por el namespace comunicación se puede realizar por internet o mediante la red SARA.El uso de los servicios requiere tener instalado un certificado de usuario admitido por la AEAT, en el ordenador desde el que se produzca el envío de la información.Por internet es necesario que el certificado sea de usuario, por la red SARA se admiten también los de sello.El certificado de usuario podrá ser de Persona Física, Persona Jurídica, o la de un apoderado para este trámite.La aceptación de los mensajes se realiza previa autenticación del solicitante del servicioLos certificados admitidos por la AEAT pueden consultarse en: Certificado electrónicoGestión de Autorizaciones de FarmaciaLa información de las autorizaciones de Farmacia va a ser gestionada por la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios. Dicha información se tendrá en cuenta en la AEAT para las operaciones de comercio exterior. Para que esto sea posible es necesario que el “censo” de autorizaciones sea conocido por las distintas administraciones que intervienen ya que de otro modo NO se podría garantizar la correcta utilización de las autorizaciones en declaraciones aduaneras. Asimismo es necesario que también se conozca por todas las administraciones intervinientes las utilizaciones de las autorizaciones en las declaraciones aduaneras de Comercio Exterior.La gestión del “censo” de autorizaciones se llevará a cabo por la autoridad competente que en este caso es la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios. Asimismo las bases de datos utilizadas para dicha gestión residirán en su sistema de información. Sin embargo, y como ya se ha dicho anteriormente, la AEAT necesita conocer en tiempo real el estado de las autorizaciones para poder gestionar correctamente las declaraciones de comercio exterior. La AEAT mantendrá actualizada una base de datos en la que se recogerán los certificados recibidos de Farmacia y el estado de estos.Todos los servicios Web de la Agencia se encuentran publicados en la siguiente página: HYPERLINK "" de difusión de la informaciónEl intercambio de información entre la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios y la AEAT se establece mediante servicios Web que definen las funciones: Alta: se recoge en la base de datos de la AEAT un registro con los datos de la autorización de Farmacia.Modificación: actualiza en la base de datos de la AEAT los datos de una autorización de Farmacia enviada en su momento como alta. Se pueden modificar todos los datos, siempre y cuando la autorización no se haya utilizado en alguna declaración aduanera de comercio exterior. Borrado: elimina la autorización de Farmacia que se indique en el servicio, con un borrado físico de las BBDD de la AEAT, siempre y cuando la autorización no se haya utilizado en alguna declaración aduanera de comercio exterior. Validación: este servicio comprueba que los datos de un certificado/autorización de Farmacia son correctos en la AEAT, el objeto de este servicio es comprobar la validez del certificado antes de que el inspector firme la correspondiente autorización. Consulta: proporciona información del estado de un certificado en la BBDD de la AEAT. Se informa del saldo disponible y de las declaraciones de importación imputadas.Imputación: Mensaje en bandeja de entrada que comunica la asignación de un DUA a un Certificado y del movimiento de cargo efectuado en una cuenta de mercancía del certificado.Eliminación: Mensaje en bandeja de entrada que comunica la des asignación de un DUA a un Certificado, por anulación o modificación del DUA y del movimiento de abono efectuado.Despacho: Mensaje en bandeja entrada que comunica el despacho de un DUA asignado a un certificado.OperadorDUAA. E. A. T.FarmaciaCertificado a operadorEnvío de Certificado (*)Rechazo envío por erroresCorrección de envío con erroresEnvío aceptado o Datos de la consultaDeclaración de Comercio Exterior con Certificado FarmaciaDeclaración Com. Ext. AdmitidaImputación de DUA a CertificadoEliminación de imputación a DUANotificación de despacho de DUA(*) Todas las funciones detalladas anteriormente.Estos servicios se encuentran publicados bajo el encabezamiento: “MINISTERIO DE SANIDAD - Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios” en la página de la Agencia: información actualizada acerca de las autorizaciones/certificados de la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios de forma que la información se traslade de forma inmediata a la AEAT, con esto se consigue garantizar la calidad de las validaciones realizadas en la AEAT para las declaraciones aduaneras que hagan referencia a una autorización de Farmacia.Servicios de intercambio de información desde Farmacia a la AEATLa Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios enviará mensajes de actualización con las autorizaciones de Farmacia a gestionar por la AEAT y hará uso de la información que la AEAT tiene sobre el estado de los certificados respecto a las declaraciones de comercio exterior. La AEAT devolverá de forma síncrona una respuesta indicando si el servicio se ha admitido o en su caso un posible error en caso de no cumplir con las validaciones, si el servicio es de consulta de una autorización y la petición es correcta, la AEAT además enviará la información pertinente sobre el estado del certificado.Para realizar estas funciones se crean los siguientes servicios Web:ProcesoServicio WebDescripciónOrigenDestinoActualización de AutorizacionesFarmActualizaV2Da de Alta una Autorización o Modifica una existente en la AEAT que NO haya sido usadaFarmaciaAEATBorrado de AutorizacionesFarmBorradoV2Elimina de la AEAT una autorización que no ha sido usada.Farmacia AEATValidación de AutorizacionesFarmValidacionV2Comprueba si los datos de una autorización van a ser válidos al darse de alta en la AEAT.FarmaciaAEATConsulta de AutorizacionesFarmConsultaV3Informa del estado de una autorización en la AEAT.Farmacia AEATServicios de intercambio de información desde la AEAT a FarmaciaLa AEAT comunicará a Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios las actuaciones aduaneras de DUAs relacionados con autorizaciones de Farmacia.La comunicación se realizará en el momento de la actuación, depositando un mensaje XML en la ‘Bandeja de Entrada’ de la AEAT dirigido a Farmacia. Farmacia interrogará periódicamente a la bandeja de entrada para comprobar si tiene mensajes pendientes, para recuperarlos mediante el servicio Web correspondiente. Para realizar estas funciones se crean los siguientes servicios Web:ProcesoServicio WebDescripciónOrigenDestinoImputación de DUAFarmImputaVnComunica la imputación de un DUA a un Certificado de FarmaciaAEATFarmaciaEliminación de Imputación de DUAFarmEliminaVnComunica la eliminación de la imputación de un DUA a un certificado debida a la anulación o modificación del DUA.AEATFarmaciaNotificación de DespachoFarmDespachoVnNotifica el despacho de un DUA imputado en un certificadoAEATFarmaciaSi un DUA se modifica sin eliminar su relación con un Certificado, se comunicará siempre, aunque no varíen los datos del DUA, un mensaje de Eliminación de Imputación y otro posterior de Imputación. Para la recepción de los mensajes se empleará la infraestructura del servicio web de Bandeja de Entrada. Farmacia realizará periódicamente peticiones al servicio web de Bandeja de Entrada. El servicio de bandeja de entrada se encargará de transmitir todos los mensajes que Farmacia tiene pendientes de recoger.Se puede consultar la descripción y documentación del servicio web de Bandeja de Entrada en:ón de Autorizaciones (alta y modificación)Elementos de información del mensaje:InformaciónFormatoVecesNota de usoTipo de certificado[1306 - 1313]A41:11306: de Importación. 1313: de Exportación Número de la Autorización ó Certificado:Formato ESRRRRAAAANNNNNN donde:ES valor fijo, RRRR código de Recinto Aduanero, ?AAAA a?o 4 dígitos y NNNNNN: n? de referencia de 6 dígitos.A161:1En casilla 44 del DUA de comercio exterior validándose contra la remitida por Farmacia y almacenada en la A.E.A.T.Indicador de UsoA11:11 Apto.2 No Apto. No puede utilizarse en DUA’s.3 No procede. Es como un Apto, (se contrastan todos sus datos con los del DUA, excepto la Sumaria).Fecha Inicio de Validez de la autorizaciónCon formato AAAAMMDDA81:1La Fecha de Admisión del DUA ha de ser mayor o igual a esta.NIF de un primer operador AutorizadoImport.: Importador Cas.8 / Exporta.: Exportador Cas.2A171:1El importador/exportador de la declaración de comercio exterior tiene que ser este Autorizado o bien el segundo.Nombre o Razón social del primer Autorizado Importador Cas.8 / Exportación: Exportador Cas.2A501:1Dato auxiliar al Validar el NIF.NIF del Segundo Operador Autorizado Import.: Importador Cas.8 / Exporta.: Exportador Cas.2A171:1El importador/exportador puede ser este titular o el 1?.Nombre o Razón social del 2? operador Autorizado A501:1Dato auxiliar al Validar el NIF.País de Origen de la Mercancía [Importación: Cas.15 o Cas. 34] [Exportación: Cas. 17]A21:1Igual al de la declaración de comercio exterior.Régimen Aduanero autorizado [validación contra los 2 primeros caracteres de la casilla 37.1 de la declaración aduanera]A20:1LP Despacho a Libre PrácticaEn Importa y Exporta 01, 07, 40 o 42EX ExportaciónEn Importa y Exporta 10DF Destino FinalEn Importa y Exporta Todos los códigos son válidosPA Perfeccionamiento Activo En Importa 46, 48, 61 o 63 En Exporta 21PP Perfeccionamiento Pasivo En Importa 51 o 11En Exporta 31Mercancías Autorizadas.Hasta un máximo de 30 por Autorización. Cada una genera una cuenta de gestión de saldoCódigo NC de la Mercancía Autorizada [Cas. 33] A81:30Igual al de la declaración de comercio exterior.Peso Neto Autorizado[Cas. 38]N16,61:30Igual al de la declaración de comercio exterior.Documento Aduanero[DUA/Cas.40] , que puede ser:DUA: formato MRN: AAESRRRRRRTANNNNND(a?o+país ‘ES’+recinto+n?del DUA)N? de Declaración sumaria Marítima o Terrestre: RRRRANNNNNNPPPPP (RRRR: recinto + A: A?o + NNNNNN: n? de sumaria + PPPPP: N? de la partida)N? de Declaración sumaria Aérea:RRRRAAAAMMDDCCCNNNNNKKKKKKKKKKKKKKKKKKK(RRRR recinto + AAAAMMDD fecha del vuelo + CCC código de compa?ía aérea (2 o 3 caracteres), NNNNN n? del vuelo (4 o 5 caracteres) + KK….KKK n? de conocimiento aéreo de hasta 19 caracteres.Documento EZF [entrada en zona franca]:‘EZF’+’xxx…xxxx’ (no tiene formato predefinido)Documento DVD/IDA[entrada en depósito]:Formato DVD-CAU (H2)DVDAAES00RRRRDNNNNNRGPPPPP IDAAAES00RRRRDNNNNNRGPPPPP 23 caracteresAA: A?o ES00RRRR: aduana de numeración del documento. D: Fijo. Indica que es un documento vinculación depósito.NNNNN: secuencia (con letras y números). R: Fijo. G: Dígito de controlPPPPP: número de la partida del documento de vinculación.Documento EQV [documento de viajeros]:‘EQV’+’AAAAMMDD’ (fecha)A390:30Obligatorio para Importación.Si es un DUA, DVD o IDA será en el documento en que declarar el Certificado en la casilla 44. Si el certificado se expide con el MRN de un DUA, no será necesario declararlo en este, en su Casilla 44 ya que automáticamente el DUA quedará completo cuando el Servicio de Inspección en Frontera remita el certificado con esta clave de MRN. Si es una Sumaria, EZF o un EQV será igual al declarado en la casilla 40 del DUA.Descripción de la mercancía [Cas. 31]A2501:30InformativoCategoriaProductoA120:30Categoría ProductoLegislacionIncumplidaA120:30Legislación incumplidaTipoControlEfectuadoA10:30Control tipo D,I,FresultadoControlSifA120:30Resultado del control Validación y Efecto:El número de autorización de Farmacia debe ser único. Si el número de autorización no está censado en el Sistema de Información de la AEAT se considerará un alta, recogiéndose como tal en las BBDD de la AEAT y creándose una cuenta por cada Código NC de mercancía de la autorización. En caso contrario se considerará modificación y se actualizarán los datos de la autorización de Farmacia enviada en su momento como alta. Se podrán modificar todos los datos, incluso las mercancías. Esta modificación se podrá realizar mientras no se haya hecho ninguna declaración aduanera de comercio exterior con la autorización de Farmacia.Servicio de actualización Cualquier alta o modificación de una autorización de Farmacia por parte de la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios debe ser trasladada a la AEAT, para ello se utilizará el servicio descrito por “FarmActualizaV2.wsdl” para enviar a la AEAT los datos de la nueva autorización o los de modificación de una ya enviada.La definición del servicio se puede consultar en la dirección: la definición de este servicio se describe que el mensaje de entrada se basa en el esquema FarmActualizaV2Ent.xsd y la respuesta en el esquema FarmActualizaV2Sal.xsdEl dise?o del esquema de entrada se puede consultar en la dirección: dise?o del esquema de salida se puede consultar en la dirección: de AutorizacionesElementos de información del mensaje:InformaciónFormatoVecesNota de usoTipo de certificado[1306 - 1313]A41:11306: de Importación. 1313: de Exportación Número de la Autorización ó Certificado:Formato ESRRRRAAAANNNNNNA161:1Tiene que existir en la A.E.A.T.Validación y Efecto:La autorización de Farmacia tiene que estar registrada de la AEAT. Al realizarse el borrado se eliminarán la autorización identificada en el mensaje junto a las cuentas de sus mercancías asociadas. El borrado no se permitirá si la autorización se ha referenciado en alguna declaración aduanera de comercio exterior.Se trata de autorizaciones que no se van a poder usar debido a posibles errores que impliquen modificar el número de autorización. En estas ocasiones se anulará el registro y con posterioridad se procederá a dar de alta el registro nuevamente con el servicio descrito en el apartado anterior.Servicio de Borrado:Cualquier baja de una autorización por parte de Farmacia debe ser trasladada a la AEAT para ello se utilizará el servicio descrito por “FarmBorradoV2.wsdl” para enviar la identificación de la autorización de Farmacia a eliminar en la AEAT.En la definición de este servicio se describe que el mensaje de entrada se basa en el esquema FarmBorradoV2Ent.xsd y la respuesta en el esquema FarmBorradoV2Sal.xsdLa definición del servicio y los esquemas de entrada y salida se pueden consultar en: ón de Autorizaciones Elementos de información del mensaje:Tiene los mismos elementos que el mensaje de actualización.Efecto:El servicio de validación comprueba que los datos de una autorización de Farmacia son correctos para la AEAT de acuerdo a los datos requeridos en las declaraciones de Comercio Exterior.El objeto de este servicio es comprobar la validez de un certificado antes de que este sea firmado y comunicado al operador, con lo que se evita el comunicar Certificados, que pueden llegar a ser rechazados posteriormente por la AEAT.Servicio de Validación:Se utilizará el servicio descrito por “FarmValidacionV2.wsdl” para enviar la autorización de Farmacia a Validar por la AEAT.La definición del servicio se puede consultar en la dirección: la definición de este servicio se describe que el mensaje de entrada se basa en el esquema FarmValidacionV2Ent.xsd y la respuesta en el esquema FarmValidacionV2Sal.xsdEl dise?o del esquema de entrada se puede consultar en la dirección: dise?o del esquema de salida se puede consultar en la dirección: de Autorizaciones Elementos de información del mensaje de petición de la consulta:InformaciónFor.VecesNota de usoTipo de certificado[1306 - 1313]A41:11306: de Importación. 1313: de Exportación Número de la Autorización ó Certificado:Formato ESRRRRAAAANNNNNN donde:ES valor fijo, RRRR código de Recinto Aduanero, ?AAAA a?o 4 dígitos y NNNNNN: n? de referencia de 6 dígitos.A161:1Tiene que existir almacenada en la A.E.A.T.Elementos de información del mensaje de Respuesta a la Solicitud de consulta:InformaciónFor.VecesUso / ValoresTipo de certificado[1306 - 1313]A41:11306: de Importación. 1313: de Exportación Número de la Autorización ó Certificado:Formato ESRRRRAAAANNNNNN A161:1En casilla 44 del DUA.Cuentas de gestión de saldos de las Mercancías Autorizadas.Código NC de la Mercancía Autorizada A81:30Saldo disponibleN16,61:30Documentos Aduaneros Imputados al Certificado.Tipo de documentoA30:999DUA: de ImportaciónDUE: de ExportaciónDVD/IDANúmero del documentoA180:999N? de referencia del DUA/DUE/DVDValidación contra DVD’s (H2)Formato DVD-CAU: AAES00RRRRDNNNNNRGPPPPP23 caracteresAA: A?o ES00RRRR: aduana de numeración del documento. D: Fijo. Indica que es un documento vinculación depósito.NNNNN: secuencia (con letras y números). R: Fijo. G: Dígito de controlPPPPP: número de la partida del documento de vinculación.Número de orden de la partida del documentoA30:999Código NC de la Mercancía Autorizada A80:999Cantidad de mercancía imputadaN16,60:999Masa neta en Kg.Signo de la imputación.(valores + o -)A10:999+ Incremento de saldo en cuenta Devolución de cantidad al anular o Modificar un Documento.- Decremento de saldo en cuentaAl aplicar movimiento de cargo de un documento.Fecha de imputaciónA80:999En formato AAAAMMDDValor estadístico [Cas. 46]N11,20:999EurosPaís de expedición [Cas. 15]A20:999País de origen [Cas. 34]A20:999País de destino [Cas. 17]A20:999En DUENIF del Importador o del ExportadorA170:999Del Importador en DUA/DVD/IDA y del Exportador en DUE Nombre o razón social del Importador o del ExportadorA500:999Del Importador en DUA/DVD/IDA y del Exportador en DUE Validación y Efecto:El mensaje de imputación se obtiene de la AEAT. El servicio de consulta responde con un mensaje, en el que se informa del estado del certificado, indicando las declaraciones aduaneras imputadas al certificado y los saldos disponibles en las cuentas de las mercancías autorizadas.Servicio de Consulta:Se utilizará el servicio descrito por “FarmConsultaV2.wsdl” para enviar la petición de Consulta de Farmacia a la AEAT.La definición del servicio se puede consultar en la dirección: la definición de este servicio se describe que el mensaje de entrada se basa en el esquema FarmConsultaV2Ent.xsd y la respuesta en el esquema FarmConsultaV2Sal.xsdEl dise?o del esquema de entrada se puede consultar en la dirección: dise?o del esquema de salida se puede consultar en la dirección:ón de DUAElementos de información del mensaje de Imputación:InformaciónFormatoVecesUso / ValoresTipo de certificadoA41:11306: de Importación.1313: de Exportación Número de la Autorización ó Certificado:Formato ESRRRRAAAANNNNNNA161:1Código NC de la Mercancía Imputada A81:1Cantidad de mercancía imputadaN16,61:1Masa neta en Kg.Saldo disponibleN16,61:1Fecha de imputaciónA81:1En formato AAAAMMDDHora de imputaciónA61:1Hora con formato HHMMSSDocumento Aduanero Imputado al Certificado.Tipo de documentoA31:1DUA/DVD/IDA: de ImportaciónDUE: de ExportaciónNúmero del documentoA181:1N? de referencia del DUA/DVD/IDA /DUEFormato DVD-CAU (H2)DVDAAES00RRRRDNNNNNRGPPPPP IDAAAES00RRRRDNNNNNRGPPPPP 23 caracteresAA: A?o ES00RRRR: aduana de numeración del documento. D: Fijo. Indica que es un documento vinculación depósito.NNNNN: secuencia (con letras y números). R: Fijo. G: Dígito de controlPPPPP: número de la partida del documento de vinculación.Número de orden de la partida del documentoA31:1NIF del Operador AutorizadoA171:1Del Importador en DUA/DVD/IDA y del Exportador en DUE Nombre o razón social del Operador autorizado A501:1Del Importador en DUA/DVD/IDA y del Exportador en DUE Valor estadístico [Cas. 46]N11,21:1EurosPaís de expedición [Cas. 15]A20:1País de origen [Cas. 34]A20:1País de destino [Cas. 17]A20:1La definición del servicio se puede consultar en la dirección: la definición de este servicio se describe que el mensaje de entrada se basa en el esquema FarmActualizaV2Ent.xsd y la respuesta en el esquema FarmActualizaV2Sal.xsdNo hay esquema de entrada.El dise?o del esquema de salida se puede consultar en la dirección: ón de Imputación de DUAElementos de información del mensaje de Eliminación:InformaciónFormatoVecesUso / ValoresTipo de certificadoA41:11306: de Importación.1313: de Exportación Número de la Autorización ó Certificado:A161:1Código NC de la Mercancía A81:1Fecha de eliminaciónA81:1En formato AAAAMMDDHora de eliminaciónA61:1Hora con formato HHMMSSTipo de documento eliminadoA31:1DUA/DVD/IDA: de ImportaciónDUE: de ExportaciónNúmero del documento eliminadoA181:1N? de referencia del DUA/DUEFormato DVD-CAU (H2)DVDAAES00RRRRDNNNNNRGPPPPP IDAAAES00RRRRDNNNNNRGPPPPP 23 caracteresAA: A?o ES00RRRR: aduana de numeración del documento. D: Fijo. Indica que es un documento vinculación depósito.NNNNN: secuencia (con letras y números). R: Fijo. G: Dígito de controlPPPPP: número de la partida del documento de vinculación.Número de orden de la partida del documentoA31:1Cantidad de mercancía que incrementa la cuentaN16,61:1Masa neta en Kg.Saldo disponible de la cuentaN16,61:1Masa neta en Kg.La definición del servicio se puede consultar en la dirección: la definición de este servicio se describe que el mensaje de entrada se basa en el esquema FarmActualizaV2Ent.xsd y la respuesta en el esquema FarmActualizaV2Sal.xsdNo hay esquema de entrada.El dise?o del esquema de salida se puede consultar en la dirección: ón de Despacho Elementos de información del mensaje de Despacho:InformaciónFormatoVecesUso / ValoresTipo de documento DespachadoA31:1DUA/DVD/IDA: de ImportaciónDUE: de ExportaciónNúmero del documento DespachadoA181:1N? de referencia del DUA/DVD/IDA /DUEFormato DVD-CAU (H2)DVDAAES00RRRRDNNNNNRGPPPPP IDAAAES00RRRRDNNNNNRGPPPPP 23 caracteresAA: A?o ES00RRRR: aduana de numeración del documento. D: Fijo. Indica que es un documento vinculación depósito.NNNNN: secuencia (con letras y números). R: Fijo. G: Dígito de controlPPPPP: número de la partida del documento de vinculación.Fecha del DespachoA81:1En formato AAAAMMDDHora del DespachoA61:1Hora con formato HHMMSSTipo de certificadoA41:11306: de Importación.1313: de Exportación Número de la Autorización ó Certificado:A161:1La definición del servicio se puede consultar en la dirección: la definición de este servicio se describe que el mensaje de entrada se basa en el esquema FarmActualizaV2Ent.xsd y la respuesta en el esquema FarmActualizaV2Sal.xsdNo hay esquema de entrada.El dise?o del esquema de salida se puede consultar en la dirección: posibles de la AEAT a las peticiones de serviciosCódigoDescripción0000Servicio Admitido1001La firma digital no tiene autorización para el servicio Web solicitado.1002El certificado/autorización no existe.1003El certificado/autorización ha sido utilizado en alguna declaración aduanera.1004El certificado/autorización tiene un formato o número de caracteres erróneo. Formato correcto: “ESRRRRAAAANNNNNN”1005El NIF del operador autorizado es incorrecto1006Ausencia del Nombre o Razón social del operador autorizado.1007Ausencia de código de País1008Código de País incorrecto1009El Código xx...xx de Nomenclatura de Mercancía no es válido. 1010Ausencia de Descripción de la mercancía para el código de mercancía xxxxxxxx.1011Ausencia del Peso Neto de la mercancía xxxxxxxx.1012El Peso Neto de la mercancía xxxxxxxx no cumple el formato numérico de 16,61013El número de caracteres de la Declaración Sumaria Marítima o del Conocimiento Aéreo de la mercancía xxxxxxxx es incorrecto.1014Identificador del tipo de certificado erróneo1018Fecha de Inicio de validez del certificado no puede diferir más de 5 días de la fecha actual.1019La Fecha de Inicio de validez del certificado no cumple el formato AAAAMMDD. 1020No se admiten códigos de mercancías repetidos.1021El número de mercancías de un certificado no puede ser mayor de 30.1022No existe la Declaración Sumaria Marítima o Conocimiento Aéreo xxx...xxxxxxxx.Consideraciones de dise?oVersionadoLos servicios se definirán con un convenio de versionado que facilite que las futuras actualizaciones sean reconocibles y por tanto diferenciables. Para ello detrás del nombre del servicio y de todos los objetos relacionados se incluye un número de versión. Integridad TransaccionalLos servicios Web se despliegan utilizando el protocolo de transporte https. Básicamente, una petición https consiste en una petición que procesa el servidor y genera su respectiva respuesta.En condiciones normales el protocolo descrito anteriormente responde a las necesidades de un servicio Web, pero puede ocurrir por diversos motivos, (caída de red, caída del servidor....), que el cliente no reciba la respuesta y en estas ocasiones NO podemos conocer si el servidor ha procesado la petición o no. Esta circunstancia puede tener importancia si el servicio actualiza una base de datos, el resultado después de aplicar dos peticiones iguales podría alterar de forma sustancial lo esperado (imaginemos un mensaje de resto 100 unidades a una cuenta, al realizarlo dos veces por no tener confirmación de la primera petición habríamos restado 200 en vez de 100).Por lo anterior, todo servicio Web implementa un mecanismo que garantiza un control de las peticiones duplicadas.Cada petición contiene una referencia unívoca de tal modo que caso de recibir una petición con la misma referencia que una previa actuaremos del siguiente modo:Si el contenido del mensaje es idéntico al recibido en la primera ocasión, se devolverá la respuesta que se generó para la primera petición.Si el contenido del mensaje difiere al recibido en la primera ocasión, se devolverá un error indicando el uso incorrecto de la referencia que debería ser unívoca.Con este mecanismo el cliente, en caso de error y por tanto de indeterminación de sí se ha procesado o no la petición, tiene una forma fácil de re sincronizarse, con garantía de integridad en el resultado final de la operación. (Si no se recibió la primera petición se procesará como nueva en caso contrario se devolverá la respuesta generada con la petición anterior).Comunicación de incidencias en la transmisiónEn caso de incidencias en la aplicación estás serán comunicadas tal como se describen en el protocolo SOAP V1.1, es decir utilizando el elemento FAULT.No son incidencias las Respuestas con mensajes xml que rechazan una petición por no cumplir alguna regla de negocio.A modo de resumen como respuesta a una petición se pueden producir los siguientes casos:Resultado en el lado clienteAcciónSe recibe una respuesta con xml esperado.(Puede ser de admisión o rechazo de la petición)OK. Mensaje procesadoSe recibe un respuesta con elemento FAULT y faultcode del tipo “soapenv:Server”Reenviar mensajeNo progresa la transmisión o bien no recibimos un documento xml que responde a lo esperadoReenviar mensajeSe recibe una respuesta con elemento FAULT y faultcode del tipo “soapenv:Client”La respuesta enviada NO es formalmente correcta, o bien contiene referencia única duplicada de otra con distinto contenido. La declaración NO se debe reenviar.Gestión de las Autorizaciones de Farmacia en la AEATTal y como se ha explicado en apartados anteriores la gestión de las autorizaciones de Farmacia corre a cargo de la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios.Sin embargo, será la AEAT la que gestionará el uso de las autorizaciones por las declaraciones de comercio exterior, admitiéndose éstas si al exigirse una autorización se cumple las siguientes condiciones:El certificado se declara en la casilla 44 de DUA, DVD o IDA.La Fecha de inicio de validez del certificado debe ser menor o igual que la de Admisión del DUA, DVD o IDA.Existe la cuenta ‘Certificado + código NC Taric de la de casilla 33 del DUA, DVD o IDA.La cuenta tiene que tener saldo para la masa neta total de la partida del DUA, DVD o IDA o si son varios los certificados de la casilla 44, el saldo se comprobará con la masa neta declarada junto al certificado. Cuando son varios, se ha realizado una validación previa para exigir por cada uno de los certificados la unidad KN y su cantidad, además que la suma de estas cantidades sea igual a la masa neta de la partida del DUA.El NIF del Importador o Exportador del DUA tiene que ser el igual que alguno de los dos NIF autorizados en el Certificado.El país del certificado tiene que ser igual al de la casilla 17 en DUA de Exporta y al de la 15 en Importa. Nota en Importa inicialmente se validó contra cas.34, desde el 10/07/2017 contra país cas.15 y si no coinciden contra cas.34, finalmente se hará solo contra la cas15. Si el documento aduanero del Certificado es un DUA, DVD o IDA el certificado solo se puede declarar en el DUA-partida. Si es una Sumaria o un EZF, la casilla 40 del DUA tiene que ser igual.El Régimen Aduanero, (solicitado, 2 primeros caracteres de la casilla 37.1), del DUA, tiene que ser alguno de los equivalentes al del Certificado. Cada certificado declarado y admitido imputará un cargo contra su cuenta. Por otra parte, si una declaración de comercio exterior se anula, o se modifica eliminando en el mismo la referencia a una autorización de Farmacia se eliminará el cargo de la cuenta, quedando el saldo disponible para usarse en otra declaración de comercio exterior. ................
................

In order to avoid copyright disputes, this page is only a partial summary.

Google Online Preview   Download