CONTRATO DE SERVICIO



ACUERDO DE SERVICIO AUDITABLE HACCP

DE MANEJO DE PLAGAS

ENTRE MORROCEL Y TRULY NOLEN DE VENEZUELA.

Entre TRULY NOLEN DE VENEZUELA C.A. (RIF Nº J-302935679), sociedad mercantil domiciliada en Caracas e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Edo. Miranda, bajo el Nº 7, Tomo 416 A – Segundo de fecha 25 de septiembre de 1995, que en lo sucesivo se denominará “LA CONTRATADA”, representada en este acto por Jorge Luís Guevara, venezolano, cedula de identidad Nº 5.221.566. , Director General de la empresa antes mencionada suficientemente autorizado para este acto según consta en la cláusula quinta de los Estatutos Sociales, por una parte y por la otra, _____________________________________________(RIF Nº ____________________) sociedad mercantil domiciliada en:______________________________________________________________________________________________________________________________________________, que en lo sucesivo se denominará “EL CLIENTE”, representada en este acto por _________________________________________, cedula de identidad Nº ______________, debidamente facultado han decidido celebrar el presente ACUERDO DE SERVICIOS, según las siguientes cláusulas:

1. LA CONTRATADA declara que es una empresa de servicios de exterminio, prevención y control de plagas, que cuenta con amplia experiencia en los servicios que presta y cuenta con todas las autorizaciones, permisos y licencias legalmente requeridas para prestar los servicios objeto de este contrato.

2. EL CLIENTE declara que contrata el servicio auditable HACCP de manejo de plagas para su Planta en San Juan de Los Morros - Estado Guárico, en la cual opera una industria de ___________________________________________ y el cual se ejecutara bajo los criterios establecidos en la normativa vigente venezolana de Buenas Prácticas de Manufactura, las normas consolidadas de AIB y las normas IFS para plantas de alimentos.

3. La duración del presente acuerdo será de un (01) año, contado a partir de su firma por las partes y se prorrogará automáticamente por periodos iguales, a menos que alguna de las partes decida rescindirlo previa notificación por escrito a la otra con por lo menos treinta (30) días de anticipación a la fecha de vencimiento inicial de este contrato o de cualquiera de sus prórrogas.

4. LA CONTRATADA se compromete a entregar, previo a la firma de este convenio, la documentación que requiera EL CLIENTE para el control de plagas:

• Certificación de Registro en el INSAI,

• Conformación Sanitaria de la empresa expedido por la Coordinación de Salud Ambiental de la región que los autoriza a realizar actividades de fumigación en la zona donde se encuentra localizada LA CONTRATADA

• Lista de plaguicidas y permisos sanitarios de los plaguicidas y rodenticidas a utilizar con sus respectivas hojas de seguridad. Etiquetas y fichas técnicas (si se requiere),

• Certificados que acreditan a su personal para realizar actividades de fumigación

• Modelos de formatos que usan para el registro y certificación de las actividades en los procesos de fumigación.

• Póliza de Responsabilidad Civil.

5. El servicio objeto de este contrato será realizado en las áreas internas y perímetro contiguo de la planta de EL CLIENTE, y está sujeto, según Plan de Control de plagas contenido en el Anexo 1 de este contrato, el cual forma parte integrante del mismo, exclusivamente al exterminio, prevención y control de las plagas descritas a continuación:

- cucaracha alemana.

- cucaracha americana.

- hormigas.

- roedores.

- moscas.

- Otros artrópodos tales como arañas, ciempiés, alacranes.

6. En este contrato no está incluido el control de aves, murciélagos, insectos destructores de madera, insectos destructores de granos, ofidios y otros reptiles. Servicios extraordinarios para el control de las plagas antes mencionadas no está excluida y se prestaran a requerimiento de EL CLIENTE, a un costo adicional al acordado en el servicio mensual.

7. El servicio objeto de este contrato consta de dos fases: una inicial, dirigida a corregir las situaciones críticas existentes de plagas y otra fase, que tiene como objetivo prevenir y mantener las instalaciones libres de la actividad de plagas. La fase inicial o de servicio reactivo se realizará en el primer mes de vigencia del presente contrato y la siguiente fase, en los restantes once (11) meses del año de duración del contrato. En caso de renovación del presente contrato solo aplicaría la fase II de prevención.

8. El servicio mensual de mantenimiento constara de visitas semanales para revisión de dispositivos de monitoreo de plagas (estaciones de cebos rodenticidas, trampas de roedores, lámparas de captura de luz UV, entre otras).

9. LA CONTRATADA realizará los servicios considerando todos los aspectos técnicos y profesionales, sin que ello limite la opinión y las sugerencias que el CLIENTE tenga a bien hacer para con el servicio.

10. LA CONTRATADA se compromete a registrar de manera sistemática y metódica las operaciones de control de plagas, usando todos los recursos disponibles, tales como, planos indicando ubicación de trampas, estaciones de cebos, Lámparas de captura, niveles de actividad, gráficos de dinámica poblacional de plaga y su interpretación para toma de decisiones, gráficos de consumo o actividad con data semanal y mensual del control de roedores y lámparas luminosas. Estos registros serán entregados periódicamente a El Cliente para su análisis y verificación.

11. LA CONTRATADA durante la vigencia del presente contrato se obliga a realizar visitas periódicas a cargo de un supervisor técnico quien tendrá la responsabilidad de realizar inspecciones y verificar los niveles de calidad del servicio y tomar nota de las observaciones que presente EL CLIENTE con relación a los trabajos que se ejecutan. LA CONTRATADA se obliga a resolver las cuestiones o planteamientos del Cliente en el plazo razonablemente más corto.

12. LA CONTRATADA se compromete a usar plaguicidas conforme a las Especificaciones Técnicas del Fabricante y, de manera segura, a fin de no exponer a un riesgo de intoxicación a los empleados de El CLIENTE que allí laboran, o de contaminación química a los alimentos que allí se producen y que ponga en peligro la inocuidad de los mismos.

LA CONTRATISTA entregara a EL CLIENTE un Listado de estos plaguicidas y rodenticidas, con su respectivo permiso sanitario y hoja técnica de seguridad.

13. LA CONTRATADA durante la vigencia del presente contrato se obliga a contratar y mantener vigentes una póliza de responsabilidad civil hasta por un monto de CIENTO CUARENTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs. 143.000,00) para cubrir los gastos que por daños pudieran afectar los bienes, muebles e inmuebles propiedad del cliente, como consecuencia de la prestación del servicio solo mientras se encuentre su personal en las instalaciones de EL CLIENTE. La póliza será Contratada por LA CONTRATADA con una empresa de seguros de reconocida solvencia por documento auténtico. EL CLIENTE exigirá la presencia de la gerencia de LA CONTRATADA en caso de alguna observación o reclamo y se constate que los daños fueron causados por imprudencia del personal de LA CONTRATADA.

14. El precio acordado para los servicios de mantenimiento mensual es de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs 3.500,00). Este precio no refleja IVA. El plazo para el pago de los servicios será de quince (15) días calendario del mes siguiente de la ejecución de los servicios, previa presentación de la correspondiente factura de LA CONTRATADA, que cumpla con los requisitos legalmente establecidos y sujeto a cualquier retención fiscal aplicable.

15. Durante la vigencia del presente contrato, El Cliente acepta revisar las tarifas en caso de producirse incrementos salariales por vía presidencial o por decretos de ley, así como por efectos inflacionarios y/o devaluaciones de la moneda, siempre y cuando estos eventos generen incrementos en el costo del servicio y/o el IPC superiores al 10%. LA CONTRATADA presentará su correspondiente solicitud de revisión de tarifas por escrito a “EL CLIENTE” acompañado de un estudio/cálculos que justifiquen dicho incremento. En el caso que EL CLIENTE no aprobase los incrementos propuestos, EL CLIENTE notificará a LA CONTRATADA la terminación del contrato con un (1) mes de anticipación y sin pago de penalidad alguna.

16. LA CONTRATADA y El Cliente convienen en actuar de manera mancomunada para atender y solventar cualquier situación derivada del presente acuerdo.

17. EL CLIENTE se compromete en atender las recomendaciones de LA CONTRATADA para solventar cualquier situación que impida el buen desenvolvimiento de los servicios de LA CONTRATADA, tales como, reparaciones de fallas estructurales, equipos en mal estado y la limpieza de las instalaciones y todas aquellas otras que estén vinculadas directamente con las Buenas Prácticas de Manufactura referidas al control de plagas y contenidas en las Normas Consolidadas de AIB (American Institute Bakery) para la Seguridad de los Alimentos.

18. LA CONTRATADA se compromete a realizar su mejor esfuerzo en el cumplimiento de las tareas encomendadas, utilizando todos sus conocimientos, medios técnicos y humanos. No obstante, en caso de imposibilidad práctica en la eliminación de plagas, ocasionada esto por la condición de higiene y/o manejo de las instalaciones del CLIENTE, avisará de este hecho al CLIENTE por escrito y en este caso no será responsable LA CONTRATADA por incumplimiento de contrato.

19. LA CONTRATADA durante la ejecución del presente contrato y aún después de su terminación, garantiza EL CLIENTE que cumplirá con toda ley, reglamento y/o contrato que regule, incida, determine, controle o intervenga en sus relaciones, obligaciones y responsabilidades con y frente a las personas que puedan ser consideradas como sus proveedores, sus trabajadores y/o la de sus subcontratistas, si los hubiere. LA CONTRATADA solo asignará a la ejecución de los servicios de trabajadores en perfecta situación legal y con toda la permisología actualizada requerida.

20. LA CONTRATADA es la única y exclusiva responsable frente a sus trabajadores y/o la de sus subcontratistas del pago de todo concepto, incluido pero no limitado a, prestaciones o indemnizaciones sociales, incluyendo, entre otras, preaviso, indemnización por antigüedad (calculados en forma sencilla o doble) e intereses sobre prestaciones sociales, remuneraciones pendientes, salarios, honorarios y/o participaciones pendientes, salarios caídos, anticipos de salarios, aumentos de salario, aportes a fondos o cajas de ahorro, salarios dejados de percibir; bonos o subsidios de cualquier naturaleza, comisiones, incentivos, vacaciones, vacaciones vencidas y/o fraccionadas, bono vacacional, vacaciones pagadas y no disfrutadas; permisos o licencias remuneradas; beneficios en especie; bonificaciones, comisiones, honorarios, y su incidencia en el cálculo de todos los beneficios laborales, derechos, prestaciones e indemnizaciones sociales; participación en las utilidades legales y/o convencionales; diferencia (s) y/o complemento de cualquier concepto mencionado en el presente documento, por cualquier motivo, incluyendo la incidencia de las utilidades y/o de los beneficios recibidos de LA CONTRATADA en el cálculo de las prestaciones sociales, indemnización y demás beneficios y otros derechos señalados en el presente contrato; gastos incluidos pero no limitados a, pagos de transporte, comida y/u hospedaje; horas extraordinarias o de sobre tiempo, diurnas y/o nocturnas, bono nocturno; trabajo, salarios y/o diferencias correspondientes a días feriados, sábados, domingos y/o días de descanso, tanto legales como convencionales; viáticos; pagos por impuestos, planes fiscales; reintegro de gastos, cualquiera que fuera su naturaleza; daños y perjuicios, incluyendo pero no limitados a daños materiales, morales, consecuencias, patrimoniales, y/o por responsabilidad civil, directos o indirectos; lucro cesante; pago por retiro voluntario y demás derechos relacionados con cualquier plan de beneficios u oferta de terminación establecida por LA CONTRATADA; derechos, pagos y demás beneficios previstos en la Ley Orgánica del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, Ley de Política Habitacional, sus respectivos reglamentos, el Reglamento de la Ley del Seguro Social para la Contingencia del Paro Forzoso o cualquiera de las leyes que las reformen y/o sustituyan y en general, por cualquier otro concepto o beneficio relacionado con los servicios que esas personas hayan podido prestar a LA CONTRATADA, quien mantendrá indemne a EL CLIENTE de todo reclamo o demanda cuyo objeto sea el pago de uno de los antes enunciados conceptos.

21. LA CONTRATADA realizará todo su trabajo con sus propios medios y con autonomía técnica y directiva. En consecuencia, las partes específicamente declaran que no existirá vínculo laboral alguno entre los empleados y trabajadores del CLIENTE y LA CONTRATADA, ni entre los empleados y trabajadores del CLIENTE con los de LA CONTRATADA.

22. LA CONTRATADA se compromete a tomar todas las medidas de seguridad industrial y salud ocupacional y a ejecutar todos los trabajos de acuerdo con estas medidas y a las reglamentaciones que sobre esta materia establezca la legislación vigente. Así mismo, LA CONTRATADA deberá suministrar todos los implementos de seguridad industrial y velará de manera estricta y permanente para que sus empleados, personal profesional, trabajadores, subcontratistas y proveedores a su cargo usen los implementos de protección adecuadamente con el fin de proporcionar y garantizar un ambiente sano y seguro en la prestación de los servicios objeto de este contrato.

23. LA CONTRATADA se compromete frente a EL CLIENTE a no utilizar la información que llegue a conocer en cumplimiento de este contrato en actividades distintas a las contenidas en este instrumento, ni a divulgar la misma en favor de ningún tercero.

Consecuentemente, EL CLIENTE no utilizará de ninguna forma, sea en sus actividades comerciales u otras, y mantendrá de forma confidencial, sin comunicarlas a ninguna persona, por ninguna razón y en ningún momento, directa ni indirectamente, cualquier información relacionada con LA CONTRATADA, ni cualquier otra información confidencial proporcionada a EL CLIENTE por cualquiera de los funcionarios o empleados o representantes de LA CONTRATADA, por instituciones públicas o gubernamentales u obtenida por EL CLIENTE durante la prestación de sus servicios o como consecuencia del mismo.

Cualquier información que no esté generalmente disponible al público se considerará secreta y confidencial, no obstante lo cual será utilizada por EL CLIENTE únicamente para la ejecución de los servicios contratados por medio de este instrumento.

EL CLIENTE informará a cada uno de sus empleados que reciban tal información sobre estas restricciones, y se comprometerá a asegurar el cumplimiento de tales restricciones por parte de todos sus funcionarios, empleados y agentes, contratistas, obteniendo de cada uno de ellos acuerdos satisfactorios para LA CONTRATADA, que especifiquen los propósitos de la presente cláusula.

El pacto de confidencialidad señalado en el numeral precedente, estará vigente retroactivamente, desde el momento en que LA CONTRATADA haya iniciado la prestación de los servicios descritos en este contrato, y aún después de finalizada toda relación comercial directa y/o indirecta entre EL CLIENTE y LA CONTRATADA, hasta que LA CONTRATADA disponga lo contrario por escrito o hasta que pasen 5 años desde la fecha de terminación de este contrato.

24. Se elige como domicilio la ciudad de Caracas, a cuya jurisdicción de tribunales declaramos someternos.

Se hacen dos (2) ejemplares, de un mismo tenor y aun solo efecto, en San Juan de Los Morros a los _________________________ días del mes de _______________ de 2011.

p. Truly Nolen de Venezuela, C.A. p.

___________________________ _______________________________

Jorge Luís Guevara

Director

ANEXO 1.

PLAGAS Y SUS METODOS DE CONTROL:

La metodología de Truly Nolen está centrada en el uso racional de plaguicidas, esto significa que la aplicación de los mismos es solo en las áreas de actividad o sus refugios. De tal manera que nuestros procedimientos de aplicación no son de perfil invasivo y/o espacial.

No obstante esta metodología necesita de un mayor consumo o gasto de horas/hombre de servicio debido a que los técnicos deben de manera meticulosa inspeccionar y revisar cada área para confirmar su condición y tomar la decisión de aplicación o no de plaguicidas.

PLAN DE CONTROL DE INSECTOS.

|PLAGA |LIMPIEZA Y CONDICIONES EXTERIORES |EXCLUSIONES MECANICAS |METODOS FISICOS |TRATAMIENTO |

| | | | |QUIMICO |

| |Exteriores: Por lo menos un metro de material |Ventanas con cierre | |Para cualquier especie de hormiga se puede |

| |inerte (concreto, gravilla,etc) alrededor de |hermético al exterior, | |aplicar un rociamiento de una solución de |

| |la planta, evitar jardineras cercanas a la |paredes y veredas en buen | |fipronil al 0,05% alrededor de la planta |

| |planta |estado | |Otro método es el uso de cebos granulados o en |

| | | | |gel, tomando en cuenta la especie de hormiga y |

|Hormigas y otros | | | |su tipo de alimentación. |

|artropodos | | | | |

| |Exteriores: Libres de basura, sin maquinaria, |Mallas en puertas y |Lámparas con láminas |Exteriores: Nebulización en frío. Aspersiones |

| |pallets y/o cajas en desuso, basura en |ventanas, mecanismos de |de pegas. |de microencapsulado directa en marcos de |

| |contenedores herméticos, sistemas de drenaje |cerrado automático, cortinas| |puertas y ventanas. Uso de cebos atractantes |

| |apropiados, evitar terrenos baldíos, quebradas|plásticas en puertas, | |granulados. |

| |y/o establos en la vecindad. |cortinas de aire sobre | | |

| |Interiores: limpieza profunda en todas las |puertas, puertas herméticas,| |Interiores: nebulizaciones en frió. Solo en |

| |áreas y lugares, remoción periódica y |sistema de ventilación con | |situaciones extremas y teniendo mucho cuidado |

|Insectos Voladores |constante de basura, limpieza adecuada de |presión positiva de aire en | |con alimentos expuestos requerimiento de |

| |drenajes, maquinaria en desusos limpia |la construcción | |limpieza profunda después del tratamiento. Solo|

| | | | |esta permitido el uso de piretrinas naturales. |

| | | | | |

| | | | | |

| |Buen mantenimiento de instalaciones en |Sellado de huecos y grietas |Laminas de pega, |Interiores: sal pentahidratada de octoborato |

| |exteriores e interiores. Lo más importante es |con cemento, silicón, etc. |sirven mas como |(polvo) directamente dentro de huecos y |

|Cucarachas |reducir la cantidad de huecos y grietas en las|Mesones diseñados para que |monitores que para el |grietas. Cebos en forma de gel donde exista |

| |zonas de proceso. |no tengan huecos interiores,|control |actividad y en equipos. |

| | |baldosa correctamente | |Rociado de soluciones de piretroides en |

| | |instalada. | |alcantarillado. |

| | | | | |

| | | | | |

| | | | | |

PLAN DE CONTROL DE ROEDORES.

a. Inspección a fondo de los alrededores para ubicar madrigueras a nivel suelo (cuevas o nidos). En caso de encontrarse, se fumigan directamente con fosfina (aplicación de gas dentro de la madriguera).

b. Inspección detallada de las instalaciones de la planta y determinación de vías de acceso al interior, para notificar de la necesidad de su cierre, en caso de ser posible.

c. Implementación de un cordón sanitario fijo de estaciones de cebos rodenticidas para el control de roedores en exteriores. Este cordón debe ser identificable visualmente mediante señalización, numerado y decodificado con la ayuda de un plano.

Para el control de roedores en interiores de la planta solo se permitirá el uso de trampas de pegas o mecánicas de golpe y captura viva.

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