CC RI 22-07 Radicación Electrónica Planillas de Entidades ...

GOBIERNO DE PUERTO RICO

Departamento de Hacienda

27 de febrero de 2022

CARTA CIRCULAR DE RENTAS INTERNAS N?M. 22-07 ("CC RI 22-07")

ATENCI?N: SOCIEDADES Y COMPA??AS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE TRIBUTAN COMO SOCIEDADES, SOCIEDADES ESPECIALES, CORPORACIONES DE INDIVIDUOS Y ESPECIALISTAS EN PLANILLA

ASUNTO:

RADICACI?N DE LA PLANILLA INFORMATIVA SOBRE INGRESOS DE ENTIDADES CONDUCTO - FORMULARIO 480.2(EC), PARA EL A?O CONTRIBUTIVO 2021

I.

Exposici?n de Motivos

Las Secciones 1061.03, 1061.06 y 1061.07 del C?digo de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, seg?n enmendado ("C?digo"), establecen los requisitos de radicaci?n de la planilla informativa sobre ingresos de toda sociedad, sociedad especial y corporaci?n de individuos, respectivamente (en adelante y en conjunto, "Entidades Conducto"). A tales efectos, el Departamento de Hacienda ("Departamento") anualmente emite el Formulario 480.2(EC), Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto ("Planilla de Entidad Conducto") a ser utilizado para la radicaci?n de dicha planilla correspondiente al a?o contributivo. Seg?n lo establecido en la Carta Circular de Rentas Internas N?m. 20-10 ("CC RI 20-10"), desde el a?o contributivo 2019 es requisito que la radicaci?n de la Planilla de Entidad Conducto se realice ?nicamente por medios electr?nicos.

Adem?s, toda Entidad Conducto que venga obligada a radicar la Planilla de Entidad Conducto para un a?o contributivo debe preparar, radicar y entregar para dicho a?o contributivo, un Formulario 480.6 EC, Declaraci?n Informativa Entidad Conducto ("Formulario 480.6EC"), a cada uno de sus socios, miembros o accionistas. Conforme a lo establecido en la Carta Circular de Rentas Internas N?m. 16-04 y al Bolet?n Informativo de Pol?tica Contributiva N?m. 16-04, dichos formularios solo se pueden radicar por medios electr?nicos.

Por su parte, el 25 de febrero de 2022, el Departamento emiti? el Bolet?n Informativo de Rentas Internas N?m. 22-08 ("BI RI 22-08") con el prop?sito de notificar que, a diferencia de a?os contributivos pasados, para el a?o contributivo 2021, la Planilla de Entidad Conducto y los Formularios 480.6EC que se emitan exclusivamente para dicha planilla solo se podr?n radicar por medios electr?nicos a trav?s de uno de los programas certificados por el Departamento para la preparaci?n y radicaci?n electr?nica de dicha planilla ("Programas Certificados").

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A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular con el prop?sito de establecer el procedimiento de radicaci?n electr?nica de la Planilla de Entidad Conducto para el a?o contributivo 2021 y de los Formularios 480.6EC que se emitan exclusivamente para dicha planilla.

II. Determinaci?n

A. Fecha L?mite de Radicaci?n

Como regla general, toda Entidad Conducto que est? dedicada a industria o negocio en Puerto Rico viene obligada a radicar la Planilla de Entidad Conducto no m?s tarde del decimoquinto (15to) d?a del tercer (3er) mes siguiente al cierre del a?o contributivo. Adem?s, los Formularios 480.6EC deben ser radicados electr?nicamente y entregados a los socios no m?s tarde del ?ltimo d?a del tercer (3er) mes siguiente al cierre del a?o contributivo de la entidad.

No obstante, para el a?o contributivo 2021 la radicaci?n de la Planilla de Entidad Conducto se har? simult?nea con la radicaci?n de todos los Formularios 480.6EC correspondientes a dicha planilla. Por tal raz?n, la fecha l?mite para la radicaci?n, tanto de la Planilla de Entidad Conducto como de los Formularios 480.6EC que acompa?an dicha planilla, ser? en la fecha dispuesta en el C?digo para la entrega a los socios de los Formularios 480.6EC (esto es, el ?ltimo d?a del tercer mes siguiente al cierre del a?o contributivo). De esta forma, la Entidad Conducto podr? radicar electr?nicamente los Formularios 480.6EC, pero tambi?n podr? cumplir a tiempo con la radicaci?n electr?nica de la Planilla de Entidad Conducto del mismo a?o contributivo.

A manera de ejemplo, una Entidad Conducto con cierre de periodo anual de contabilidad el 31 de marzo de 2022, deber? rendir su Planilla de Entidad Conducto, junto con los Formularios 480.6EC, del a?o contributivo 2021 no m?s tarde del 30 de junio de 2022, en lugar del 15 de junio de 2022. De igual forma, la Planilla de Entidad Conducto y los Formularios 480.6EC correspondientes, que sea rendida a base de un a?o natural debe radicarse no m?s tarde del 31 de marzo de 2022, en lugar del 15 de marzo de 2022.

B. Proceso de Radicaci?n de la Planilla de Entidad Conducto del A?o Contributivo 2021

Seg?n notificado en el BI RI 22-08, para el a?o contributivo 2021, toda Entidad Conducto que venga obligada a radicar la Planilla de Entidad Conducto, solo podr? radicar la misma electr?nicamente a trav?s de uno de los Programas Certificados. Dichos programas se podr?n acceder, a partir del lunes, 28 de febrero de 2022, a trav?s de nuestra p?gina de internet: hacienda., bajo el enlace Planillas 2021, o bajo el ?rea de Comerciantes, en la opci?n Contribuci?n sobre Ingresos y seleccionando el enlace Radicar en L?nea ? Planilla 2021. Sin embargo, la utilizaci?n de dichos programas est? sujeta al costo establecido por cada uno de los proveedores de los mismos.

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Por su parte, los Especialistas en Planillas, Declaraciones o Reclamaciones de Reintegro ("Especialistas") podr?n radicar electr?nicamente las Planillas de Entidad Conducto utilizando el programa privado de su selecci?n que hayan adquirido para preparar las planillas del a?o contributivo 2021 de aquellos contribuyentes que los hayan contratado para proveerles dicho servicio. Para completar la radicaci?n electr?nica de dichas planillas, el Especialista utilizar? su n?mero de especialista (ID de Especialista) y el c?digo de especialista (PIN de Especialista) que le fue asignado y que tiene disponible a trav?s de su cuenta en el Sistema Unificado de Rentas Internas ("SURI").

Cabe se?alar que la copia electr?nica de la Planilla de Entidad Conducto que estar? disponible a trav?s de la cuenta del contribuyente en SURI es la procesada por el Departamento. Por tal raz?n, le exhortamos a que guarde en sus expedientes una copia de la planilla seg?n la misma fue radicada a trav?s del Programa Certificado para futuras referencias.

C. Procedimiento para Radicar Electr?nicamente las Evidencias Requeridas con la Planilla de Entidad Conducto

Todas las evidencias requeridas con su Planilla de Entidad Conducto deben ser sometidas por medios electr?nicos a trav?s de SURI, luego de haber radicado electr?nicamente su planilla a trav?s de uno de los Programas Certificados, pero no m?s tarde del d?a despu?s de la fecha de vencimiento establecida para radicar la Planilla de Entidad Conducto, incluyendo pr?rrogas, o el d?a despu?s de haber radicado electr?nicamente dicha planilla (en aquellos casos en que el contribuyente radica luego de la fecha de vencimiento de la misma). A continuaci?n, se establece el procedimiento para someter electr?nicamente a trav?s de SURI las evidencias requeridas con su Planilla de Entidad Conducto:

1. A trav?s de su cuenta de Entidad Conducto en SURI

Para someter las evidencias utilizando esta opci?n, siga los pasos indicados a continuaci?n:

(i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contrase?a.

(ii) En la secci?n Resumen, ubique la cuenta Entidad Conducto y en la opci?n de Cuenta, seleccione el enlace Someta evidencia de planilla.

Tambi?n puede acceder el enlace Someta evidencia de planilla que est? disponible al seleccionar el enlace Formularios, periodos y otras opciones.

(iii) Siga las instrucciones del sistema. Una vez sometidas las evidencias, el sistema le proveer? un n?mero de confirmaci?n. Le exhortamos a conservar dicho n?mero en sus expedientes.

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2. A trav?s de la p?gina principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesi?n

Bajo esta opci?n, no es necesario que el contribuyente tenga una cuenta en SURI, pero si debe tener accesible el n?mero de confirmaci?n de radicaci?n electr?nica de la Planilla de Entidad Conducto que le proveer? el Programa Certificado, una vez haya radicado la planilla. Para someter las evidencias a trav?s de SURI utilizando esta opci?n, siga los pasos indicados a continuaci?n:

(i) Acceda a SURI a trav?s de: .

(ii) Desde la p?gina principal, sin iniciar sesi?n, oprima el enlace Someta evidencia para su planilla que se encuentra disponible bajo la opci?n Planillas.

(iii) Siga las instrucciones del sistema. En el Tipo de ID, seleccione la opci?n C?digo de Confirmaci?n e ingrese el n?mero de confirmaci?n de radicaci?n electr?nica de la Planilla de Entidad Conducto para la cual va a someter las evidencias.

(iv) Una vez sometidas las evidencias, el sistema le proveer? un n?mero de confirmaci?n. Le exhortamos a que guarde dicho n?mero en sus expedientes.

D. Autorizaci?n de Firma Digital en Planillas Radicadas por Especialistas

En aquellos casos donde el contribuyente le pague a un Especialista por la preparaci?n y radicaci?n de su Planilla de Entidad Conducto, el Especialista deber? obtener una autorizaci?n escrita del contribuyente para firmar de forma digital, en su representaci?n, su Planilla de Entidad Conducto. Para estos prop?sitos, el Departamento ha emitido el formulario Modelo SC 2909 B, Autorizaci?n a Especialistas en Planillas para la Radicaci?n Electr?nica y Firma Digital de la Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidad Conducto ("Modelo 2909B"). Dicho modelo incorpora cierta informaci?n de la Planilla de Entidad Conducto en donde el contribuyente certifica que examin? dicha planilla y que la misma es cierta, correcta y completa. El Modelo 2909B est? disponible en nuestra p?gina de internet, hacienda., bajo el ?rea de Planillas, Formularios y Anejos.

Cabe se?alar que el Modelo 2909B no ser? parte de la Planilla de Entidad Conducto que estar? radicando electr?nicamente el Especialista. No obstante, el Especialista deber? conservar, por un t?rmino m?nimo de diez (10) a?os, el Modelo 2909B de cada Entidad Conducto para el cual ?ste haya radicado electr?nicamente y firmado de forma digital la Planilla de Entidad Conducto. Adem?s, deber? conservar copia de la identificaci?n entregada por el contribuyente y de la planilla radicada electr?nicamente.

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E. Pago Estimado de la Contribuci?n sobre la Participaci?n Distribuible

Conforme a lo establecido en la CC RI 20-10, efectivo a partir del a?o contributivo 2019, el pago estimado de la contribuci?n sobre ingresos de la participaci?n distribuible en el ingreso de una Entidad Conducto, incluyendo los pagos relacionados a la opci?n de acogerse a la contribuci?n opcional sobre ingreso bruto a nivel de la entidad, solo se podr? efectuar por medios electr?nicos a trav?s de SURI. Puede efectuar dicho pago de cualquiera de las siguientes maneras:

1. A trav?s de su cuenta de Entidad Conducto en SURI

Para utilizar esta opci?n, siga los pasos que se indican a continuaci?n:

(i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contrase?a.

(ii) En la secci?n Resumen, ubique la cuenta Entidad Conducto y en la opci?n Cuenta, seleccione el enlace Efect?e un pago.

(iii) Escoja la opci?n que utilizar? para efectuar el pago. Para m?s informaci?n sobre cada opci?n de pago disponible, puede referirse al Bolet?n Informativo de Rentas Internas N?m. 20-03 ("BI RI 20-03"), el cual se encuentra en la p?gina de internet del Departamento: hacienda..

(iv) Siga las instrucciones del sistema. En el Tipo de pago, aseg?rese de seleccionar Pago de planilla y en el Periodo seleccionar el cierre del a?o contributivo para el cual interesa que se aplique el pago.

(v) Una vez completada la transacci?n de pago, el sistema le proveer? un resumen, junto con un n?mero de confirmaci?n. Le exhortamos a conservar dicha informaci?n en sus expedientes.

2. A trav?s de la p?gina principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesi?n

Para utilizar esta opci?n, siga los pasos indicados a continuaci?n: (i) Acceda a SURI a trav?s de: . (ii) Desde la p?gina principal, sin iniciar sesi?n, oprima el enlace Efect?e un pago que se encuentra disponible bajo la opci?n de Pagos. (iii) Escoja la opci?n que utilizar? para efectuar el pago. Para m?s informaci?n sobre cada opci?n de pago disponible, puede referirse al BI RI 20-03, el cual se encuentra en la p?gina de internet del Departamento: hacienda..

(iv) Siga las instrucciones del sistema. En la pantalla Informaci?n del Contribuyente, en la parte Informaci?n de la Cuenta, aseg?rese de

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