PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS) DE VESTIR, DE PUNTO ...

SISTEMA DE INFORMACI?N COMERCIAL DEL MINISTERIO DE ECONOM?A FICHAS T?CNICAS SOBRE OPORTUNIDADES DE EXPORTACI?N QUE OFRECE EL ACUERDO DE ASOCIACI?N ENTRE CENTROAM?RICA Y LA UNI?N EUROPEA

FICHA T?CNICA

PRENDAS Y COMPLEMENTOS DE VESTIR, DE PUNTO PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS) DE VESTIR, DE PUNTO

(Cap?tulo 61)

La presente ficha t?cnica contiene los principales elementos del Acuerdo de Asociaci?n entre Centroam?rica y la Uni?n Europea (en adelante el AdA) sobre el Acceso a mercados y las Normas de origen aplicables a estos productos. Ambos temas, se encuentran interrelacionados dado que para poder gozar de preferencias arancelarias en el mercado de destino, el producto debe ser originario, ya sea de Centroam?rica o de la Uni?n Europea, o en su caso, aplicar las disposiciones que permitir?n la acumulaci?n de origen, entre otras flexibilidades de origen aplicables. As? tambi?n, se incluye los v?nculos que contienen la informaci?n actualizada y relacionada con los requisitos que establece la Uni?n Europea en cuanto a la aplicaci?n de las medidas sanitarias, de obst?culos t?cnicos al comercio y de las medidas ambientales.

I. TRATO NACIONAL Y ACCESO DE LAS MERCANC?AS AL MERCADO

A CLASIFICACI?N ARANCELARIA Y DESCRIPCI?N DEL PRODUCTO

Para facilitar el intercambio comercial de los productos, ?stos se identifican por medio de c?digos arancelarios internacionales (los primeros 6 d?gitos) que se ajustan conforme al desglose que realizan los pa?ses para llevarlos a 8 o m?s d?gitos. Para el caso de nuestras exportaciones hacia la Uni?n Europea, se debe reconocer los c?digos europeos de su Nomenclatura Combinada (NC 2007, tal como aparece en el AdA) como siguen. Note que para efectos de la presente explicaci?n no se ha incluido toda la estructura del Cap?tulo 61, sino solo una parte (las partidas arancelarias 6104 a 6105), en el Anexo a la presente ficha t?cnica aparece la informaci?n completa.

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Clasificaci?n arancelaria y descripci?n del producto

61

6101... 6104

6104 13 00 6104 19 00

6104 22 00 6104 23 00 6104 29 00

6104 31 00 6104 32 00 6104 33 00 6104 39 00

6104 41 00 6104 42 00 6104 43 00 6104 44 00 6104 49 00

6104 51 00 6104 52 00 6104 53 00 6104 59 00

6104 61 00 6104 62 00 6104 63 00 6104 69 00 6105 6105 10 00 6105 20 6105 20 10 6105 20 90 6105 90 6105 90 10 6105 90 90

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CAP?TULO 61 - PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS) DE VESTIR, DE PUNTO

... Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantal?n, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de ba?o), de punto, para mujeres o ni?as: - Trajes sastre: -- De fibras sint?ticas -- De las dem?s materias textiles - Conjuntos: -- De algod?n -- De fibras sint?ticas -- De las dem?s materias textiles - Chaquetas y sacos: -- De lana o pelo fino -- De algod?n -- De fibras sint?ticas -- De las dem?s materias textiles - Vestidos: -- De lana o pelo fino -- De algod?n -- De fibras sint?ticas -- De fibras artificiales -- De las dem?s materias textiles - Faldas y faldas pantal?n: -- De lana o pelo fino -- De algod?n -- De fibras sint?ticas -- De las dem?s materias textiles - Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts: -- De lana o pelo fino -- De algod?n -- De fibras sint?ticas -- De las dem?s materias textiles Camisas de punto para hombre o ni?o: - De algod?n - De fibras sint?ticas o artificiales: -- De fibras sint?ticas -- De fibras artificiales - De las dem?s materias textiles: -- De lana o pelo fino -- Las dem?s

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(ver estructura completa en el Anexo).

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B

DISPOSICIONES NORMATIVAS

Adem?s de conocer la clasificaci?n arancelaria de estos productos, se debe tener presente las condiciones sobre la eliminaci?n de aranceles aduaneros, es decir, su categor?a de desgravaci?n y cualquier otra disposici?n normativa del Cap?tulo 1 (Trato Nacional y Acceso de las Mercanc?as al Mercado1). En el cuadro siguiente se muestra el arancel de base a partir del cual se inicia la desgravaci?n arancelaria (tasa base) para el caso en que los productos no inicien con libre comercio desde el d?a uno de vigencia del AdA- para cada una de las l?neas arancelarias de las prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto; se indica asimismo, la categor?a de desgravaci?n que le corresponde -"A"-, en la cual se acord? que para todos estos productos se tendr?a libre comercio a la entrada en vigor del AdA.

C

LISTA DE DESGRAVACI?N ARANCELARIA

Lista de la Parte UE Productos de las partidas 6104 y 6105

(Ver cuadro completo en el Anexo)

NC 2007

Descripci?n

Tasa base

6101 ...

...

6104

Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos),

vestidos, faldas, faldas pantal?n, pantalones largos,

pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y

shorts (excepto de ba?o), de punto, para mujeres o

ni?as:

- Trajes sastre:

6104 13 00 -- De fibras sint?ticas

12

6104 19 00 -- De las dem?s materias textiles

12

- Conjuntos:

6104 22 00 -- De algod?n

12

6104 23 00 -- De fibras sint?ticas

12

6104 29 00 -- De las dem?s materias textiles

12

Categor?a Observaciones

A A A A A

1 Cap?tulo 1 de Trato Nacional y Acceso de Mercanc?as al Mercado , por ejemplo, de los siguientes art?culos:

Definiciones de aplicaci?n general (arancel aduanero), (Art?culo 79), Eliminaci?n de aranceles aduaneros, (Art?culo 83), Statu quo, (Art?culo 84), Trato nacional, (Art?culo 85), Restricciones a la importaci?n y la exportaci?n, (Art?culo 86), Derechos y otras cargas sobre importaciones y las exportaciones, (Art?culo 87), y Aranceles o impuestos sobre las exportaciones, (Art?culo 88).

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NC 2007

Descripci?n

Tasa base

- Chaquetas y sacos:

6104 31 00 -- De lana o pelo fino

12

6104 32 00 -- De algod?n

12

6104 33 00 -- De fibras sint?ticas

12

6104 39 00 -- De las dem?s materias textiles

12

- Vestidos:

6104 41 00 -- De lana o pelo fino

12

6104 42 00 -- De algod?n

12

6104 43 00 -- De fibras sint?ticas

12

6104 44 00 -- De fibras artificiales

12

6104 49 00 -- De las dem?s materias textiles

12

- Faldas y faldas pantal?n:

6104 51 00 -- De lana o pelo fino

12

6104 52 00 -- De algod?n

12

6104 53 00 -- De fibras sint?ticas

12

6104 59 00 -- De las dem?s materias textiles

12

- Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones

cortos (calzones) y shorts:

6104 61 00 -- De lana o pelo fino

12

6104 62 00 -- De algod?n

12

6104 63 00 -- De fibras sint?ticas

12

6104 69 00 -- De las dem?s materias textiles

12

6105

Camisas de punto para hombre o ni?o:

6105 10 00 - De algod?n

12

6105 20

- De fibras sint?ticas o artificiales:

6105 20 10 -- De fibras sint?ticas

12

6105 20 90 -- De fibras artificiales

12

6105 90

- De las dem?s materias textiles:

6105 90 10 -- De lana o pelo fino

12

6105 90 90 -- Las dem?s

12

...

...

6117

(ver continuaci?n en el Anexo)

NC: Nomenclatura Combinada de la Uni?n Europea.

Tasa base: arancel ad valorem (%)

Categor?a Observaciones

A A A A

A A A A A

A A A A

A A A A

A

A A

A A

La categor?a de desgravaci?n "A" se identifica en el literal a), de la Secci?n A del ANEXO I ELIMINACION DE ARANCELES ADUANEROS del AdA, la cual se detalla e interpreta a continuaci?n:

CATEGORIA "A"

Descripci?n de la categor?a "A" "los aranceles sobre las mercanc?as incluidas dentro de las fracciones arancelarias en la categor?a de desgravaci?n A en la lista de una Parte ser?n eliminados ?ntegramente, y dichas mercanc?as quedar?n libres de aranceles en la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo"

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Interpretaci?n de la categor?a "A"

A la fecha de entrada en vigor del Acuerdo, cuando un importador europeo adquiera nuestras exportaciones de productos de la partida 6104 de Trajes sastre, chaquetas, vestidos, pantalones, etc., de punto, o de la partida 6105 Camisas de punto para hombres o ni?os o de la partida o dem?s prendas del cap?tulo 61, no pagar?n ning?n arancel para ingresar a dicho mercado, siempre y cuando cumplan con la Regla de Origen del AdA.

En este caso la "tasa base" (arancel ad valorem: 12 %) indicada en la lista anterior es solamente referencial, por lo que no hay raz?n de realizar calculo alguno, dado que a la entrada en vigor del Acuerdo los productos quedar?n libres de aranceles (0).

Es importante que tenga en cuenta que para cualquier prenda de vestir que se clasifica en el cap?tulo 61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto, aplica la categor?a "A", por lo que todos los productos dentro de este cap?tulo estar?n libres del pago de aranceles para ingresar a la Uni?n Europea a la entrada en vigor del Acuerdo.

II. NORMAS DE ORIGEN

Para la interpretaci?n y correcta aplicaci?n de las normas o reglas de origen espec?ficas de productos (en adelante ROE o ROEs), Usted tiene que tener a su disposici?n la siguiente informaci?n b?sica relacionada con el producto a ser exportado al mercado de la Uni?n Europea:

C?digo arancelario y descripci?n del producto final, C?digo arancelario y descripci?n de cada uno de los materiales o insumos originarios y no originarios

utilizados para la fabricaci?n por ejemplo, de Trajes sastre, conjuntos, pantalones, vestidos, etc, o Camisas de punto para hombres o ni?os o, o cualquier otra prenda del cap?tulo 61, Pa?s de origen de cada uno de los materiales o insumos utilizados, el valor de cada uno de esos materiales o insumos (no se refiere a pa?s de procedencia o donde han sido adquiridos dichos materiales o insumos sin ser originarios de tal pa?s), Descripci?n del proceso de elaboraci?n o de transformaci?n aplicados a los materiales o insumos no originarios, Valor del producto final, al precio de adquisici?n en las instalaciones de la f?brica o lugar de producci?n (precio franco f?brica del producto2).

Las ROEs para todos los productos est?n establecidas en el Ap?ndice 2 (Lista de elaboraciones o transformaciones que deben de aplicarse a los materiales no originarios para que el producto transformado pueda obtener el car?cter originario) contenido en el Anexo II del Art?culo 83 del AdA.

En el caso de los productos: Trajes sastre, conjuntos, pantalones, vestidos, etc., de la partida 6104, de Camisas de punto para hombres o ni?os de la partida 6105, o de cualquier otra prenda que se clasifique en el cap?tulo 61, las ROEs acordadas entre Centroam?rica y Uni?n Europea se presentan a continuaci?n:

2 Su equivalente es el incoterm EXW (Ex works): El vendedor entrega la mercanc?a directamente al comprador en sus propias instalaciones.

5

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