REGLAMENTO DE LA REVISTA MÉDICA DEL COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE ...

REGLAMENTO DE LA REVISTA M?DICA DEL COLEGIO DE M?DICOS Y CIRUJANOS DE GUATEMALA.

Capitulo I. De su naturaleza

Art?culo 1: La Revista M?dica del Colegio de M?dicos y Cirujanos de Guatemala, es el ?rgano oficial del colegio encargado de la publicaci?n de trabajos investigativos producidos principalmente en el pa?s, que sean debidamente aprobados.

Art?culo 2: El nombre propio es "Revista M?dica Colegio de M?dicos y Cirujanos de Guatemala". La revista est? indexada en el sistema ISSN con el n?mero 2074-7004 para publicaci?n impresa y con el n?mero 2074-7004L para publicaci?n en l?nea. Tambi?n est? indexada en LILACS con el c?digo GT5.1

Art?culo 3: La revista tendr? edici?n escrita y electr?nica y formar? parte de bibliotecas virtuales y de sistemas de divulgaci?n cient?fica de Latinoam?rica y del resto del mundo.

Art?culo 4: La revista tendr? un solo formato, conteniendo el logo del colegio de m?dicos y cirujanos de Guatemala en la portada. En el reverso de la portada listar? a los miembros de la junta directiva del colegio m?dico, del comit? editor y del comit? consultivo. Constar? de varias secciones, incluyendo editorial, art?culos originales, reporte de casos, cartas al editor, art?culos especiales, etc.

Art?culo 5: La revista ser? dirigida por el Comit? Editorial, integrado por hasta 5 miembros. Los miembros deben ser profesionales agremiados activos del colegio, con trayectoria cient?fica y con experiencia en la publicaci?n de art?culos cient?ficos.

Art?culo 6: La Junta Directiva del colegio, durante su per?odo, puede nombrar un miembro del comit? editorial. El editor en jefe lo nombra el comit? editorial por mayor?a simple, y puede ser reelecto en reconocimiento a su labor y capacidad demostradas en el ejercicio del cargo. La junta directiva puede sustituir a cualquier miembro que no cumpla con sus funciones, o ponga en riesgo la publicaci?n, desindexaci?n o calidad de la revista

Art?culo 7: Expertos nacionales o internacionales pueden sirven como consejo consultivo para la revisi?n de manuscritos, seg?n su ?rea de experticia. Este consejo ser? nombrado por el comit? editorial. Adem?s, el comit? editorial puede consultar a cualquier experto nacional o internacional, dependiendo de la complejidad o tema del manuscrito en revisi?n.

Art?culo 8: La revista ser? publicada en l?nea, los manuscritos ser?n enviados en la plataforma de "Open Journal System" en . El jefe editor y el secretario del comit? editorial ser?n los encargados de la recepci?n de los manuscritos. El dominio ser? para el uso exclusivo de la revista.

Cap?tulo II. De su contenido

Art?culo 1: El contenido de la revista es eminentemente cient?fico. No tendr? propaganda comercial o pol?tica de ning?n tipo.

Art?culo 2: Los derechos de autor corresponden al Colegio de M?dicos y Cirujanos de Guatemala, el cual debe difundirlos de manera gratuita.

Art?culo 3: Los trabajos de publicaci?n son: a) Trabajos de investigaci?n (Art?culos originales), b) Reporte breve de casos interesantes (Reporte de casos), c) Art?culos de revisi?n (Art?culos especiales) de temas prioritarios en salud, usualmente por invitaci?n del comit? editorial, d) Cartas al editor, e) Editorial y F) cualquier otro documento que al consejo editorial le parezca digno de publicarse.

Cap?tulo III. De la integraci?n de los comit?s editorial y consultivo

Art?culo 1: El contenido de la revista es responsabilidad de los cinco miembros del Comit? Editorial. La puntualidad de la publicaci?n es responsabilidad del comit? editorial y de la junta directiva, pues esta ?ltima maneja el presupuesto adjudicado a la revista.

Art?culo 2: La duraci?n del nombramiento de los miembros ser? de dos a?os, prorrogables seg?n el desempe?o de sus funciones.

Art?culo 3: La Junta directiva puede nombrar a uno de los cinco miembros titulares, el primer mes de iniciado su per?odo de administraci?n. El comit? editorial puede relevar a uno o m?s miembros, en el siguiente a?o, con el fin de asegurar la continuidad de la revista. En el caso de renuncias o muerte, el comit? editorial debe nombrar nuevos miembros tan pronto como sea posible.

Art?culo 4: Debe procurarse que al menos tres de los cinco miembros sirvan como miembros del comit? editorial por un tiempo no menor a tres a?os, con el fin de no perder la continuidad hist?rica de la Revista y mantener la periodicidad de la publicaci?n.

Cap?tulo IV. De su periodicidad

Art?culo 1: La periodicidad de la revista, ser? de menos tres n?meros por a?o, a partir del a?o 2019.

Art?culo 2) A partir del a?o 2019, los meses de publicaci?n ser?n Marzo, Julio y Noviembre de cada a?o.

Art?culo 3) El tiraje impreso cubrir? el m?nimo necesario para entregar ejemplares a autores, presidentes de asociaciones departamentales, bibliotecas nacionales, archivos del colegio e instituciones indexadoras que lo requieran. Se dar? prioridad a la publicaci?n electr?nica de libre acceso para incrementar su difusi?n y disminuir gastos y consumo de papel.

Art?culo 4) La revista tambi?n estar? disponible en la p?gina web del Colegio y en otras plataformas virtuales en donde sea posible.

Cap?tulo V: De su Divulgaci?n

Art?culo 1) La divulgaci?n de la revista corresponde a la Junta Directiva del colegio m?dico.

Art?culo 2) La distribuci?n por parte del Colegio corresponde a la Junta Directiva, la cual la enviar? a las sedes departamentales, a Congresos nacionales y a sedes de asociaciones m?dicas de especialistas, bibliotecas universitarias, facultades de medicina, etc.

Cap?tulo VI: De su presupuesto

Art?culo 1) El presupuesto de la Revista M?dica del Colegio de M?dicos y Cirujanos de Guatemala ser? aprobado al inicio del a?o, en la Asamblea General dedicada a aprobaci?n del ejercicio presupuestario del a?o anterior y planteamiento del presupuesto para el a?o nuevo respectivo.

Art?culo 2) La presentaci?n de presupuesto por la Junta Directiva correspondiente es a solicitud del Comit? Editorial.

Art?culo 3) El presupuesto aprobado para la Revista corresponde ?nicamente a diagramaci?n, revisi?n e impresi?n de la misma, y su implementaci?n electr?nica que conlleve a su detecci?n por motores de b?squeda e indexadores electr?nicos de publicaciones cient?ficas.

Art?culo 4) Los miembros del Comit? Editorial y del Comit? Consultivo no gozar?n de ning?n gasto adjudicado al presupuesto de la Revista.

Finalmente, cualquier situaci?n no considerada en este Reglamento ser? discutida y aprobada por la Junta Directiva del Colegio de M?dicos y Cirujanos y el Comit? Editorial de la Revista.

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