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La Sala encuentra que Ramón Alirio Pérez Vargas otorgó poder ante el Consulado de Colombia en la ciudad de Quito (Ecuador) el 27 de octubre de 1995 (fl.2 c2). En consideración del Ministerio Público en su concepto de primera instancia, y en la sentencia del a quo, al no haberse abonado la firma y no producirse la ratificación de la misma ... ................
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